
Abogados rechazan la eliminación del femicidio del Código Penal: "Sería una regresión"
NeuquenNews
El presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), Ricardo Gil Lavedra, expresó su fuerte disconformidad con la propuesta del gobierno de Javier Milei de eliminar la figura del femicidio del Código Penal.
En una entrevista reciente, el exjuez y referente del derecho argentino señaló que la iniciativa representa un retroceso en la protección de los derechos de las mujeres y contradice los principios establecidos en la Constitución.
El femicidio como agravante: un mecanismo de justicia y prevención
El exmagistrado recordó que, tras la reforma constitucional de 1994, el país incorporó mecanismos de acción positiva para revertir desigualdades estructurales. En este sentido, citó el artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional, que insta al Congreso a dictar "medidas para los grupos más postergados", haciendo referencia explícita a las mujeres.
"La mujer recién pudo votar en el siglo XX, me parece que es inocultable. La brecha que hay entre la remuneración de la mujer en el trabajo con el hombre es un dato objetivo, y la violencia contra la mujer también es un dato objetivo", sostuvo Gil Lavedra, reforzando la idea de que la desigualdad no es un concepto abstracto, sino una realidad medible y concreta.
Sobre la postura del gobierno de Milei, el abogado advirtió que se basa en "un error conceptual". Explicó que, si bien "la vida de la mujer vale lo mismo que la del hombre, y que la muerte de cualquiera de ellos es un homicidio", el legislador estableció la figura del femicidio como una forma de castigar con mayor severidad los crímenes ocurridos en un contexto de violencia de género.
"Esto tiene que ver con la cantidad de hechos de violencia contra la mujer. En Argentina, prácticamente tenemos un femicidio por día; y la mayor severidad es no solamente para castigar el hecho pasado, sino también para prevenir los hechos futuros, como cualquier sanción penal", explicó el jurista.
¿Eliminar el femicidio es constitucional?
El titular del CPACF dejó en claro que, si bien el Congreso tiene la potestad de introducir o suprimir agravantes en el Código Penal, la eliminación de la figura del femicidio sería un retroceso en la protección de los derechos de las mujeres. "Yo entiendo que sería una regresión", enfatizó.
También advirtió sobre la importancia de que cualquier modificación legal respete los principios fundamentales de la Constitución y los compromisos internacionales en materia de derechos humanos. "Tenemos una democracia constitucional y exige que todos los gobiernos tienen que someterse a las reglas constitucionales, tienen que respetar sus principios básicos, como el pluralismo", subrayó.
Finalmente, Gil Lavedra reafirmó que la igualdad de género no se limita a un concepto teórico, sino que debe traducirse en políticas concretas que combatan la violencia y la discriminación. "Lo que la Constitución busca no es solo la igualdad formal, sino una igualdad verdadera", concluyó.
Qué dicen los tratados internacionales y la legislación argentina
La Argentina es parte de los principales tratados internacionales en materia de los derechos de las mujeres. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer establece el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres. Y solicita a los Estados adoptar medidas legislativas de índole penal que “sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”.
Por su parte, las recomendaciones del Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) señalan: “El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia por razón de género es indivisible e interdependiente respecto de otros derechos humanos”.
Además de la Argentina, todos los países de América Latina -excepto Cuba y Haiti-, aprobaron leyes que penalizan el femicidio/feminicidio.
“Hoy, más de una docena de países de América Latina aprobaron reformas en sus códigos penales para crear la figura penal del femicidio o feminicidio, que definen de maneras similares pero no del todo coincidentes”.
📌 Fuente: Diario Judicial


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