El Gobierno ratifica que SADAIC no puede cobrar derechos en eventos privados

El Gobierno Nacional reiteró este jueves que no corresponde el cobro de derechos de autor por parte de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) en eventos privados

NACIONALES22/11/2024Neuquén NoticiasNeuquén Noticias
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El Ministerio de Justicia confirmó que los salones de fiestas y establecimientos que reproduzcan música en eventos privados no deben abonar derechos de autor.

La medida fue oficializada mediante un documento del Ministerio de Justicia, a cargo de Mariano Cúneo Libarona, y busca aclarar las condiciones de aplicación de la normativa vigente.

El comunicado enfatiza que no existe "ejecución pública" en los eventos desarrollados en ámbitos privados, sean de ocupación permanente o temporal. Esto incluye la reproducción de obras musicales, cinematográficas, discos y transmisiones en espacios como domicilios particulares o salones de fiestas.

Definición de ámbito privado
 
El documento define el ámbito privado como aquellos lugares de acceso restringido, donde la entrada se limita exclusivamente a invitados y se garantiza la privacidad del evento.

Declaraciones de Sturzenegger
 
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, respaldó la medida, aclarando que el pago de derechos de autor solo aplica a ejecuciones públicas:

“Cuando la ejecución es privada, es obvio que no hay ejecución pública. Cuando pasás música en tu casa, ya estás pagando los derechos que corresponden a esa reproducción privada”.
 
El funcionario destacó que la ley no vincula el pago de derechos con el lucro de la actividad, sino con el carácter público o privado de la reproducción.

Eliminación del impuesto a SADAIC
 
En agosto de 2024, el Gobierno eliminó por decreto el impuesto que SADAIC aplicaba a salones de eventos y fiestas privadas, marcando un precedente en la regulación de derechos de autor en este tipo de actividades.

Con estas disposiciones, se busca aclarar el marco legal para evitar conflictos entre las Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos (SGCD) y los establecimientos que organizan eventos en condiciones de privacidad.

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