
Proponen una ley para prevenir los sismos provocados por el fracking en Neuquén
El Observatorio de Sismicidad Inducida impulsa un marco legal inédito para regular los riesgos sísmicos vinculados a la fractura hidráulica en Vaca Muerta.
Aunque arrojó residuos peligrosos a un canal de riego en Centenario y fue imputado por contaminación dolosa, un empresario evitará el juicio penal si cumple con tareas de remediación. La liviandad de la pena reaviva el debate sobre la impunidad ambiental, el doble estándar judicial y la fragilidad del sistema para castigar delitos ecológicos que afectan a toda la comunidad.
MEDIO AMBIENTE24/06/2025Mientras la provincia de Neuquén intenta recomponer su imagen ambiental tras años de escándalos por residuos petroleros, un nuevo caso pone en evidencia los límites -y las grietas- del sistema judicial frente al ecocidio silencioso que se repite en zonas rurales. Un empresario identificado solo por sus iniciales, F.D.O., imputado por contaminar con residuos peligrosos un canal de riego en la zona de chacras de Centenario, evitará el juicio penal si cumple con una serie de condiciones mínimas.
El caso involucra un lavadero de tubing y caños utilizados en el fracking, montado clandestinamente en los terrenos de una exjuguera. Según informó LM Neuquén, "el lugar operaba sin habilitación comercial, sin controles ni permiso ambiental, en una zona atravesada por canales de riego que abastecen a chacras y cultivos de la región".
Según publicó LM Neuquén, "los vecinos advertían desde hace años un movimiento inusual en la zona rural con camionetas petroleras, operarios, un tanque de almacenamiento y hasta el montaje de una torre ficticia, visible desde el cementerio. Todo a simple vista, entre las alamedas de un área agrícola. Los rastros de hidrocarburos en el agua llamaron la atención de los vecinos que todos los días pasaban por esa zona, cerca del Loteo Cabezas y de quienes practicaban deportes cerca del predio. Presentaron denuncias y se labraron actas. Pero durante la pandemia, ninguna inspección oficial detectó las maniobras. Recién a partir de abril de 2024, el Municipio de Centenario logró comprobar el vertido ilegal.
Las inspecciones documentaron que un caño clandestino llevaba directamente los fluidos contaminantes al desagüe entre el cementerio y un camino colector de la calle 4N y el edifico de la exjuguera. El acta del 12 de abril de 2024, que luego se reforzó con otra inspección el 10 de mayo, advertía del incumplimiento de los plazos y la persistencia del daño ambiental.
En su momento, la jueza de Faltas, Carolina Vidal, multó a la empresa con $10,3 millones por el derrame, el mínimo previsto por no tratarse de un infractor reincidente. La compañía fue clausurada preventivamente y se ordenó la adecuación de su sistema de tratamiento, que nunca se realizó".
El acuerdo fue homologado por la jueza Carina Álvarez mediante una suspensión del juicio a prueba (probation), que le permite al acusado no sólo esquivar la cárcel, sino también evitar cualquier antecedente penal, siempre que contrate un profesional matriculado, realice tareas de remediación ambiental y entregue materiales a una ONG por el valor de 300 mil pesos. La cifra, simbólica frente a los daños causados, equivale apenas a una fracción del costo operativo de una jornada de lavado industrial.
Una pena baja, un mensaje alto
Entre enero y agosto de 2024, el empresario operó un lavadero de maquinaria petrolera en los predios de una exjuguera -ya clausurada- donde arrojó residuos contaminados con aceites e hidrocarburos directamente en piletas precarias y en un canal de desagüe del sistema de riego. Las sustancias involucradas están categorizadas como residuos peligrosos por la Ley Nacional 24.051 y como residuos especiales por la Ley Provincial 1.875.
En lugar de enviar esos desechos a una planta de tratamiento, como exige la normativa ambiental, F.D.O. optó por una vía más rentable: tirarlos a cielo abierto. No solo violó la ley, sino que comprometió el agua, el suelo productivo y la salud de las personas que habitan y trabajan en esa zona agrícola.
La fiscalía, representada por Julieta González, encuadró la conducta en el delito de contaminación dolosa del ambiente, una figura penal con hasta tres años de prisión, que ahora quedará suspendida si el imputado cumple con lo pactado. Es decir, el mensaje es claro: si contaminás, pero después prometés limpiar, podés irte a casa sin antecedentes.
La impunidad como estrategia
La decisión judicial no sólo deja en evidencia la insuficiencia del sistema legal para sancionar con firmeza delitos ambientales, sino que también plantea interrogantes sobre la asimetría en la administración de justicia.
Pese a que los hechos están probados, se preserva la identidad del empresario con iniciales, sin justificación clara. ¿Protección judicial selectiva? ¿Influencia empresarial? ¿Un criterio discrecional para un delito que afecta a todos?
La realidad es que se vuelve sistemática la lógica del “arreglo”: contamina, negociá, y lavate las manos con plata. La probation como solución mágica para empresarios extractivos repite un patrón: los pasivos ambientales se socializan, las consecuencias se diluyen, y la responsabilidad penal desaparece.
¿Y el ambiente?
Mientras se discute si el acusado donará materiales o contratará un técnico, el canal de riego sigue contaminado, el suelo sigue afectado y no hay sanción ejemplar que disuada a otros de actuar igual. La justicia ambiental queda así condicionada por la lentitud de las reparaciones y la fragilidad de los controles provinciales.
Que la Secretaría de Ambiente deba certificar el saneamiento al final del proceso es un parche tardío: el daño ya está hecho. Y como sucede en muchos casos, la remediación posterior se transforma en un argumento para eludir la responsabilidad previa.
La ecología del privilegio
Este caso no es aislado. Forma parte de un modelo más amplio donde la impunidad ambiental tiene nombre propio, aunque el expediente diga F.D.O.. Cuando el poder económico logra evitar el banquillo con simples compromisos de papel, se institucionaliza el riesgo de que contaminar sea más barato que cumplir la ley.
Y si el costo de dañar el ambiente es menor al de prevenirlo, la ecuación es clara: quien contamina hoy, gobierna mañana el modo en que se define la justicia.
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