
Organizaciones denuncian los impactos ambientales que tendrá la aprobación de la Ley Bases
Un comunicado de la Fundación Ambiente y Recurso Naturales (FARN) subraya que el nuevo proyecto de ley considera la regulación ambiental como una molestia. Advierte sobre la reducción de la participación ciudadana y los privilegios otorgados a industrias extractivas.
MEDIO AMBIENTE02/05/2024

Este martes la Cámara de Diputados dio media sanción a la Ley Bases. La iniciativa del oficialismo consta de más de 200 artículos y establece la emergencia energética, económica y financiera por un período de un año. Sin embargo, En la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) advirtieron que pese a que este nuevo proyecto no incluye un capítulo específico de desregulación ambiental, sí hay capítulos que plantean un riesgo en la materia. Puntualmente referidos al acceso a la energía, la protección de los bosques y el manejo del fuego.
Entre los derechos socioambientales que se perderían de convertirse en ley la iniciativa, figuran: la posible sustitución de las audiencias públicas para definir proyectos, la creación de un régimen de privilegios en materia tributaria, cambiaria y aduanera, modificaciones en la Ley de Hidrocarburos y la posible cancelación de fondos para políticas ambientales.
En “La amenaza fantasma. Un nuevo proyecto de Ley Ómnibus sin capítulo ambiental”, FARN explica: “Este nuevo proyecto sostiene una concepción en la cual la regulación ambiental es una molestia o incluso un ‘costo’. La disminución de espacios de participación ciudadana, la delegación legislativa en materia de gestión ambiental de hidrocarburos y el otorgamiento de privilegios para las industrias extractivas a través de políticas de fomento económico sin mirada social ni ambiental ponen en riesgos los derechos ambientales delas generaciones presentes y futuras”, detalla el comunicado.
Cuáles son los principales puntos de la nueva ley que afectan al ambiente
1. Audiencias públicas optativas:
El capítulo III del proyecto propone modificar la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 19.549). Al referirse a las audiencias públicas, que son instancias de participación ciudadana sobre proyectos vinculados al ambiente y el cuidado de los ecosistemas, este procedimiento “podrá ser complementado o sustituido por el mecanismo de consulta pública o el que resulte más idóneo, técnica o jurídicamente, para el logro de la mejor y más eficiente participación de los interesados y la adopción del acto de que se trate”.
“Esta modificación brindaría a las autoridades una amplia esfera discrecional para decidir si una audiencia pública tendrá lugar o será reemplazada por otro mecanismo alternativo que, fuera de la consulta pública, no está especificado por la ley”, advierte FARN.
2. Modificaciones a la Ley de Hidrocarburos:
El nuevo proyecto de Ley Bases contiene 51 modificaciones, derogaciones o nuevos artículos sobre la Ley de Hidrocarburos (Ley 17.319). “Estos cambios normativos apuntan a liberar las exportaciones y a quitar atribuciones de intervención por parte del Estado Nacional en el mercado para fijar precios y garantizar el abastecimiento energético interno”, explica FARN en el documento.
Además, detallan que el proyecto propende a flexibilizar y agilizar el acceso de las firmas a nuevas concesiones, reduce los controles y la fiscalización estatal, y fija plazos de concesión de 30 años para yacimientos no convencionales y de 35 para las plataformas offshore. Esto último contradice abiertamente los compromisos climáticos asumidos por la Argentina al ratificar el Acuerdo de París.
3. El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)
El artículo 161 del proyecto de ley dispone la creación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Este tiene por objetivo atraer inversiones de más de US$200 millones con fines de exportación a través de una serie de beneficios aduaneros, tributarios, cambiarios y regulatorios.
En el último documento publicado por FARN explican: “Ninguno de los artículos específicos del RIGI en la nueva Ley Ómnibus impone condiciones a las empresas beneficiarias que impliquen la presentación de Estudios de Impacto Ambiental. Tampoco establece condicionamientos a la generación de puestos de trabajo a escala local, provincial o nacional, ni se explicita ningún tipo de política de escalamiento en cadenas de valor, o transferencia de tecnología”.
”La desregulación y los beneficios otorgados por el RIGI en materia tributaria, cambiaria y regulatoria promocionan un modelo de matriz económica primario-extractivo y exportador que, a lo largo delos últimos años, tuvo como consecuencia la degradación ambiental. Este tipo de medidas económicas siempre terminan por atacar los controles ambientales e incluso reducir mecanismos de participación y, por ende, la calidad democrática”, subrayan.
4. La posible cancelación de fondos fiduciarios:
El artículo 5 del proyecto de ley faculta al Poder Ejecutivo “a modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos”. Existe una multiplicidad de fondos fiduciarios, entre los que se encuentran algunos de relevancia para la política ambiental, como el Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos y el Fondo Nacional del Manejo del Fuego.
Desde FARN explican que estos fondos, junto a otros orientados al Desarrollo de Energías Renovables y a la promoción de generación distribuida de energías renovables, “son pilares de las políticas ambientales”. Tienen una vital relevancia para la protección de los Bosques Nativos en el sostenimiento de la biodiversidad y la lucha contra el cambio climático, y para dotar de herramientas presupuestarias para enfrentar los crecientes incendios en nuestro país.
“Entender a estos fondos como meras ‘cajas’ sin reconocer su importancia en términos de protección y cuidado del ambiente es un error que puede traer serias consecuencias para la preservación de los ecosistemas de nuestro país”, advierte FARN en el documento.


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