
Arranca una moratoria para monotributistas: cómo será y hasta cuándo rige
La AFIP informó que hasta el 30 de diciembre regirá una moratoria para monotributistas que permitirá regularizar deudas en hasta 60 cuotas, con un interés máximo del 1,5%.
Para poder adherir a la moratoria, los contribuyentes deberán tener declarados el domicilio fiscal electrónico y CBU de la cuenta bancaria de donde se debitarán las cuotas, explicó el organismo.
Las cuotas vencerán el 16 de cada mes y la cantidad máxima de pagos y las tasas dependerán de la categoría: de la A a la D serán 60 cuotas y una tasa del 1,25%; de la E a la K 48 cuotas y 1,5%.
“Las cuotas a abonar serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento”, indicó el organismo.
Además, “el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $100” y “la fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión”.
La AFIP informó que hasta el 30 de diciembre regirá una moratoria para monotributistas que permitirá regularizar deudas en hasta 60 cuotas.
Cambios recientes
El reciente proyecto aprobado sobre el monotributo subió los nuevos ingresos brutos anuales para cada una de las categorías, que van desde facturación máxima de $ 370.000 para la A hasta $ 3,7 millones para la K para venta de bienes. Y para los profesionales y otros prestadores de servicios, el tope de la categoría H es de $ 2,6 millones.
Según la normativa, la categoría A pasaría de $282.444,69 a $370.000, la B de $423.667,03 a $550.000, la C de $564.889,4 a $770.000, la D de $847.334,12 a $1.060.000), la E de $1.129.778,77 a $ 1.400.000, la F de $ 1.412.223,49 a $ 1.750.000, la G de $1.694.668,19 a $2.100.000, la H de $2.353.705,82 a $ 2.600.000, la I de $2.765.604,35 a $2.910.000, la J de $3.177.502,86 a $ 3.335.000, y la K de $3.530.558,74 a $3.700.000.
Quienes excedan el límite superior de ingresos brutos para la categoría máxima del régimen podrán seguir siendo monotributistas siempre que sus ingresos brutos no excedan los nuevos montos para la máxima categoría de $ 3,7 millones para venta de bienes y $ 2,6 millones para servicios. También podrán adherir quienes hayan sido excluidos de oficio durante el primer semestre y junio podrán adherir nuevamente si sus ingresos brutos no exceden los nuevos montos.
Por otra parte, el proyecto establece un nuevo plan de regularización de las cuotas no pagadas y deudas vencidas o infracciones al 30 de junio con exención o condonación de intereses, multas y otras sanciones. El plan de financiación tendrá un máximo de 60 cuotas y un interés de financiación tope del 1,5%.
En paralelo, la AFIP estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante los períodos de mayo, junio y julio. Y también suspendió las exclusiones de oficio correspondientes a julio.
Antes del proyecto, la AFIP había hecho un reajuste de los montos a pagar siguiendo el nivel de incremento de los jubilados que cobran el haber mínimo, que fue de 35,3%. Por las quejas, primero ofreció cuotas para pagar esas deudas, hasta que finalmente el diputado Sergio Massa debió presentar un proyecto correctivo que prorrogó los pagos y la recategorización.


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