
Aplican nuevas medidas de cuidado ciudadano desde el lunes

Mediante una nueva resolución provincial, el gobierno neuquino dispuso las medidas que regirán hasta el próximo domingo 11 de julio atendiendo a los cuidados de prevención de la comunidad. De esta manera, se informó que rige la vigencia de los horarios de circulación y de atención comercial.
También se habilitan reuniones sociales en espacios públicos de hasta 10 personas; las competencias deportivas tendrán aforos máximos del 30 por ciento y los actos oficiales serán al aire libre, sin aglomeración de personas.
El documento rubricado por el ministro Jefe de Gabinete, Sebastián González, indica que rige la restricción de circulación en la vía pública entre las 22 y las 6 horas del día siguiente, a excepción de las personas que realizan funciones esenciales, se desempeñan laboralmente en farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles, se encuentran trabajando en locales gastronómicos para la elaboración de pedidos para su envío a domicilio o retiro en puerta o bien son clientes que se dirigen al retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía dentro del horario establecido para ello.
En tanto que continúa la suspensión temporaria reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez personas y actividad de discotecas y salones de baile.
Se autorizan las actividades comerciales y de servicios desde las 6 hasta las 21 de acuerdo a los protocolos sanitarios aprobados, y con un máximo del 30 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación, y respetando las exigencias previstas en los correspondientes protocolos aprobados para las mismas.
Las farmacias y estaciones de servicio podrán funcionar durante las 24 horas. Mientras que los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar y atender clientes en sus locales, y utilizar las modalidades de “reparto a domicilio” y/o “retiro en puerta” de cercanía, desde las 6 hasta las 00 con un máximo del 30 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada.
También se prevé la realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados en iglesias, templos y otros lugares de culto autorizados, de acuerdo a las condiciones normadas en la Resolución Nº 22/21 del Ministerio Jefatura de Gabinete, así como las actividades culturales presenciales de salas teatrales, cines, museos y bibliotecas en espacios cerrados con un máximo del 30 por ciento de aforo.
La práctica recreativa de deportes en clubes y asociaciones deportivas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, preferentemente en grupos reducidos tipo «burbuja», deberá ser con un máximo del 30 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada; sin aglomeración de personas antes, durante y después de las actividades, y dentro de los horarios de circulación habilitada en la vía pública vigentes en la Provincia del Neuquén.
En cuanto a las competencias deportivas de todo tipo a nivel provincial y municipal, se informó que serán con concurrencia limitada hasta un máximo del 30 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada para cada predio o recinto. Lo mismo aplica para las prácticas deportivas de entrenamiento en espacios habilitados de las y los deportistas de mediano y alto rendimiento bajo el monitoreo y supervisión del Ministerio de Deportes.
También se consideran las actividades de casinos y salas de juego, de acuerdo a las condiciones normadas en la Resolución Nº 28/21 del Ministerio Jefatura de Gabinete; actividades y actos oficiales provinciales y municipales al aire libre, y sin aglomeración de personas antes, durante y después de las actividades.
Además, se prorroga la vigencia la prestación de servicios mediante la modalidad de teletrabajo para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Provincial, garantizando la cobertura de las guardias mínimas necesarias, y las excepciones correspondientes.


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