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Implementan un nuevo esquema de rendición de cuentas para los comedores del Programa Alimentar Comunidad

Capital Humano oficializó un sistema específico para entidades beneficiarias que busca mejorar la trazabilidad, reforzar los controles y ordenar el uso de fondos públicos destinados a comedores y merenderos comunitarios.

ACTUALIDAD17/11/2025Neuquén NoticiasNeuquén Noticias
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El Ministerio de Capital Humano formalizó la puesta en marcha de un nuevo Procedimiento de Rendición de Cuentas Específica de Inversiones (RCEI) para el programa “Alimentar Comunidad”, mediante la resolución 650/2025 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La medida apunta a reforzar los mecanismos de control, transparencia y seguimiento sobre los recursos públicos asignados a comedores y merenderos, como parte de la política de seguridad alimentaria dirigida a poblaciones en situación de vulnerabilidad.

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Objetivo del RCEI: transparencia y control de fondos públicos

El procedimiento establece que las organizaciones beneficiarias deberán presentar documentación exclusiva y respaldatoria, destinada a acreditar la correcta utilización de los fondos. Según el anexo de la norma, la rendición consiste en demostrar mediante comprobantes que los recursos se aplicaron al fin previsto en los Convenios de Gestión (CdG) firmados por cada entidad.

Además, la normativa exige que el proceso de rendición se realice a través de plataformas digitales habilitadas, respetando los principios de legalidad, economía, eficiencia y regularidad en el uso de los fondos. Esto incluye la carga de facturas y justificativos por vía electrónica y la aplicación de controles cruzados periódicos, dejando abierta la posibilidad de incorporar nuevas instrucciones operativas en el futuro.

Historia y funcionamiento del programa “Alimentar Comunidad”

El programa “Alimentar Comunidad” fue creado en 2023 por el entonces Ministerio de Desarrollo Social para sostener el servicio alimentario mediante transferencias económicas mensuales a espacios comunitarios que atienden a niños, adolescentes y familias en emergencia social.

Desde marzo de 2025, a través de la Resolución 151/25, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia asumió la plena autoridad de aplicación. Bajo este marco, el uso de los fondos quedó limitado a comercios habilitados, sin posibilidad de retirar efectivo ni derivar recursos hacia otros fines. El texto remarca que la operatoria del programa se ejecuta mediante acreditaciones mensuales en medios de pago administrados por responsables designados, con restricciones precisas sobre los rubros autorizados.

El desarrollo del nuevo sistema de rendición fue resultado de un trabajo conjunto entre áreas técnicas del Ministerio de Capital Humano, incluida la Dirección de Asistencia Institucional Alimentaria, la Dirección Nacional de Programas Alimentarios, la Subsecretaría de Promoción Humana y los equipos de auditoría interna, asuntos jurídicos y gestión administrativa.

La disposición se enmarca en los compromisos asumidos por el Gobierno para garantizar el acceso efectivo a la alimentación mediante procedimientos transparentes y verificables, priorizando la eficiencia y la correcta aplicación de los recursos públicos.

El Ministerio sostiene que el RCEI permitirá avanzar hacia etapas de fiscalización más rigurosas, capaces de demostrar ante auditorías que los fondos asignados al programa se destinan íntegramente a las prestaciones alimentarias para niños y adolescentes. También busca reducir riesgos de desvío presupuestario a través de controles digitales más frecuentes y sistematizados.

Requisitos de inscripción y verificación de comedores y merenderos

A mediados de este año, la cartera de Capital Humano ya había introducido nuevos requisitos de inscripción y verificación para que comedores y merenderos accedan al programa, luego de la publicación de la Resolución 151/2025. Esa medida respondió a una revisión integral del uso de recursos públicos impulsada por el Gobierno.

Para postularse, cada institución debía superar un relevamiento territorial presencial que confirmara su funcionamiento real y presentar a la Subsecretaría de Promoción Humana toda la documentación requerida: personería jurídica, acta constitutiva, estatuto, constancias de inscripción, actas de autoridades y copia del DNI del responsable de la tarjeta donde se acreditan los fondos. Además, se exigió la firma de la máxima autoridad institucional y una declaración jurada para certificar que no reciben otros subsidios nacionales con el mismo propósito.

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