La Justicia cordobesa ordena a la nueva esposa pagar la cuota alimentaria incumplida por el padre

El Juzgado de Familia de 6° Nominación de Córdoba extendió la obligación alimentaria de un padre a su cónyuge, pese a que ella no ejerce el rol de madre afín. El hombre adeudaba el pago desde 2016.

ACTUALIDAD13/03/2025NeuquenNewsNeuquenNews
Tribunales Córdoba

El Juzgado de Familia de 6° Nominación de la ciudad de Córdoba, a cargo de la jueza Marcela Alejandra Menta, resolvió responsabilizar a la actual esposa de un padre moroso por la cuota alimentaria de una adolescente, al entender que el progenitor incumple con su obligación desde 2016.

La magistrada rechazó la defensa de la mujer, quien alegaba no cumplir el rol de madre afín, pero sostuvo que el derecho de la menor a recibir alimentos prevalece y debe ser garantizado.

De acuerdo con la sentencia, la decisión busca funcionar como un “remedio disuasivo” para que el padre, como principal obligado, comience a abonar la cuota a tiempo y en forma. Además, la jueza consideró que la cónyuge cuenta con trabajo en blanco y que esta restricción al derecho de propiedad se encuentra justificada por la prioridad que tiene el derecho alimentario de la joven.

La esposa del progenitor argumentó, entre otras cosas, que la responsabilidad debía recaer primero en los parientes biológicos, y mencionó la existencia de cinco hermanos del demandado. Sin embargo, el tribunal concluyó que ninguno de ellos reunía las condiciones económicas para afrontar el pago de la deuda. Asimismo, se rechazó fijar una nueva cuota para la cónyuge, al no ser madre afín, pero se la incluyó como responsable solidaria de la obligación alimentaria ya establecida.

Fuente: Diario Judicial

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