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Se trata del caso concreto de una afiliada de 75 años que recurrió directamente a la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios de la provincia
ACTUALIDAD09/02/2024Neuquén NoticiasEl Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires dictó una medida preventiva contra una empresa de medicina prepaga en la que le ordenó que garantice la continuidad del servicio a una jubilada, y que deje sin efecto los incrementos en las cuotas.
La medida fue dictada por el Director provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios de la Provincia de Buenos Aires ante el reclamo concreto de una mujer de 75 años con distintas patologías.
También ordenó a OSDE que reajuste la facturación de esos meses al índice anterior utilizado y que designe una audiencia de conciliación en el marco del procedimiento de defensa de las y los consumidores entre la empresa y la persona consumidora reclamante.
Reclamo ante el organismo provincial
El expediente se inició tras el reclamo remitido por correo electrónico a la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios por una jubilada de 75 años contra la empresa de medicina prepaga OSDE en virtud de los aumentos de la cuota mensual los que ascienden a “un abusivo aumento de prácticamente el 70%”.
Según la denuncia, la mujer actualmente está afiliada al plan 210 de la empresa. En diciembre pagaba 88 mil pesos. A fin de ese mes, OSDE le notifica que la cuota ascendería a $ 123.436,43 para enero de 2024.
La semana siguiente, el 8 de enero de 2024, la empresa de medicina prepaga le comunica que la cuota de febrero 2024 ascenderá a la suma de 157.998,63 pesos.
La resolución destaca que “cuando se trata de amparar los derechos fundamentales a la vida y la salud, corresponde buscar soluciones que se avengan con la urgencia que conllevan las pretensiones, para lo cual se deben encauzar los trámites por vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con tutela de orden constitucional”.
“Corresponde a la responsabilidad del estado provincial, y no sólo del nacional, asegurar la efectiva protección integral de la salud de sus habitantes”
Desde la provincia señalan que “se trata de aumentos abruptos absolutamente abusivos imposibles de ser afrontados por los usuarios a los cuales no se nos han aumentado los ingresos, sueldos, pensiones o jubilaciones en semejante magnitud”
La cartera provincial que encabeza el ministro Augusto Costa actuó ante la denuncia a partir del aumento autorizado por el DNU presidencial.
Con la medida ordenada por la Provincia, el aumento sería menor al 6% para el mes de enero, es decir, que se reajustaría según el índice RIPTE, al 90% del mes anterior de la facturación.
“Es una verdadera locura que esta ciudadana con ingresos jubilatorios y que está en tratamiento por enfermedades preexistentes, tenga que abandonar el tratamiento porque ya no puede pagar la cuota mensual de la prepaga”, destacó Ariel Aguilar, subsecretario de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones de la provincia de Buenos Aires.
Y añadió: “El gobernador Axel Kicillof y el ministro Augusto Costa asumen con responsabilidad la defensa de ciudadanos y ciudadanas bonaerenses ante la conducta de este tipo de empresas”.
El procedimiento es llevado a cabo por la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios. Se trata de una medida concreta a efectos de evitar que los aumentos desmedidos dispuestos por OSDE, o por cualquier empresa de medicina prepaga, atenten contra el Derecho Humano a la Salud de una ciudadana bonaerense, ya que la imposibilidad de pago implicaría quedar sin cobertura de servicio de salud en esta etapa de su vida.
“No corresponde que consumidores y consumidoras hipervulnerables del servicio de medicina prepaga soporten y reciban todo el impacto de las variables económicas”, expresó el subsecretario Aguilar.
La empresa fue notificada de la presente medida y su incumplimiento será considerado infracción a la Ley Nacional N° 24.240 y a la Ley Provincial N° 13.133, siendo pasible de sanción de multa de hasta $ 780.000.000, dijeron desde la Provincia.
A través de distintos relevamientos o bien interviniendo a partir de denuncias, la Provincia busca evitar conductas que puedan resultar violatorias a las normativas de defensa de las y los consumidores y usuarios.
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