La Defensoría del Pueblo rechazó el aumento del 48,98% en la tarifa de agua solicitado por Aguas Rionegrinas

El organismo consideró que el pedido de Aguas Rionegrinas no cumple con criterios de razonabilidad, transparencia ni protección de los usuarios de un servicio público esencial.

REGIONALES03/02/2026Neuquén NoticiasNeuquén Noticias
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Durante el procedimiento de Revisión Tarifaria Extraordinaria, la concesionaria de los servicios de agua potable y desagües cloacales, Aguas Rionegrinas S.A., requirió una adecuación de la tarifa que implica un aumento del 48,98% y que, según la empresa, estaría destinada a restablecer el equilibrio económico-financiero de la prestación.

Desde la Defensoría del Pueblo se indicó que la solicitud formulada por la distribuidora no satisface los estándares de razonabilidad, proporcionalidad ni transparencia exigidos para un servicio público esencial.

El organismo de control fundamenta su rechazo en la falta de justificación técnica integral, la ausencia de mejoras verificables en la prestación y el impacto negativo que tendría sobre la economía de los usuarios.

Además, la Defensoría del Pueblo de Río Negro recordó que el servicio de agua potable y saneamiento constituye un servicio público esencial y su acceso es reconocido como un derecho humano que fue incorporado al ordenamiento constitucional argentino a través del bloque de constitucionalidad federal (art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional).

En consecuencia, “toda decisión tarifaria debe ser analizada bajo una perspectiva de derechos, priorizando la protección de los usuarios por sobre consideraciones meramente económicas”, indicó la defensora del pueblo, Adriana Santagati.

A continuación, se mencionan los tres puntos claves que fundamentan el rechazo y la exhortación a la autoridad de aplicación, el Departamento Provincial de Aguas, a desestimar el pedido.

Golpe al bolsillo: Las familias rionegrinas se encuentran en una situación de fragilidad económica y no pueden absorber más aumentos desproporcionados.

Falta de justificación técnica: La empresa no demostró que el aumento de costos se traduzca en mejoras reales en la calidad o continuidad del servicio, ni acreditó el cumplimiento de inversiones previas.

Exigencia de protección: Antes de discutir tarifas, se deben garantizar esquemas graduales, tarifas sociales y la prohibición de cortes por motivos económicos.

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