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RENAR agiliza la transferencia legal de armas con un trámite exprés digital online: cómo es paso a paso

La nueva gestión, denominada “Tenencia por Transferencia Express”, permite realizar todo el proceso de manera digital a través de la plataforma MiRenar, siempre que tanto quien entrega como quien recibe el arma estén debidamente registrados.
29/01/2026NeuquenNewsNeuquenNews
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El Registro Nacional de Armas (RENAR) puso en marcha un nuevo trámite digital que simplifica y acelera la transferencia legal de armas de fuego entre usuarios habilitados, mediante un procedimiento completamente online a través de la plataforma MiRenar.

La medida fue oficializada mediante la resolución 2 publicada este jueves en el Boletín Oficial firmada por el director ejecutivo del organismo, Juan Pablo Allan, y establece la creación de la “Tenencia por Transferencia Express”, un mecanismo destinado a quienes ya cuentan con la condición de legítimos usuarios y buscan adquirir un arma por transferencia entre particulares.

RENAR agiliza la transferencia legal de armas con un trámite exprés digital

El nuevo sistema está dirigido a miembros de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad nacionales, policías, personal penitenciario y usuarios individuales, siempre que tengan su habilitación vigente y no registren impedimentos judiciales ni administrativos.

Hasta ahora, este tipo de operaciones requería trámites presenciales y verificaciones físicas. Con la nueva modalidad, la totalidad del proceso podrá realizarse en línea, siempre que el arma cuente con Código Único de Identificación de Material (CUIM) y que ambas partes -quien transfiere y quien recibe_ estén debidamente registradas en MiRenar.

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La digitalización del procedimiento se enmarca en el Plan de Transformación Digital Integral del RENAR, impulsado desde 2024, cuando se lanzó la plataforma MiRenar. Desde entonces, el organismo incorporó trámites como la Tenencia Express y la solicitud de la Credencial de Legítimo Usuario (CLU) digital, eliminando gestiones presenciales.
Qué plantea la normativa

La iniciativa fue formalizada a través de la Resolución 2/2026, publicada en el Boletín Oficial, que contó con el dictamen favorable de la Dirección de Sistemas del RENAR, encargada del desarrollo técnico de la plataforma. También intervinieron áreas de Administración, Asuntos Jurídicos, Modernización y la Dirección de Coordinación, Gestión Registral y Delegaciones, que avalaron su viabilidad legal y operativa.

Según el texto oficial, el objetivo es “agilizar el trámite de tenencia por transferencia de armas con CUIM entre legítimos usuarios que posean su condición vigente y sin impedimentos administrativos y/o judiciales”, permitiendo obtener la tenencia válida sin necesidad de concurrir a dependencias físicas.

En cuanto a los costos, se mantendrán las tasas habituales: 20 unidades RENAR correspondientes a la Solicitud de Credencial de Tenencia de Arma y 10 unidades RENAR por la Tarjeta de Control de Consumo de Munición.

La resolución también aclara que el trámite deberá gestionarse exclusivamente a través de la plataforma digital MiRenar, o de aquella que en el futuro la reemplace. En ese sentido, Allan instruyó a la Dirección de Sistemas a adoptar las medidas necesarias para garantizar la puesta en funcionamiento del nuevo esquema, en coordinación con las áreas competentes.

La determinación del RENAR

Desde el organismo señalaron que la digitalización completa del proceso representa un avance en la modernización del control estatal sobre la circulación legal de armas, al reducir tiempos administrativos y los cuellos de botella tradicionales.

La simplificación se suma a otros cambios recientes en el sector. Meses atrás, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que los permisos para importar y exportar armas, municiones, pólvora y explosivos se tramiten exclusivamente a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA).

La medida fue establecida mediante la Resolución General 5789/2025 y apunta a centralizar y transparentar el control de materiales de alto riesgo, en línea con la Ley N° 20.429 y sus decretos reglamentarios, dejando atrás gestiones presenciales y múltiples instancias administrativas.

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