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El siniestro ocurrió en el kilómetro 1593. Las autoridades realizaron un operativo sanitario para asistir al menor, que salió despedido del vehículo.
El juez de garantías Juan Manuel Kees formuló cargos contra R.D.S. por el transfemicidio de Azul Semeñenko ocurrido el 25 de septiembre en la vía pública. La fiscalía solicitó prisión preventiva de ocho meses por riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación, en un caso calificado como homicidio triplemente agravado por ensañamiento, odio a la identidad de género y violencia de género
ACTUALIDAD - POLICIALES21/10/2025
Neuquén Noticias
El juez de garantías Juan Manuel Kees tuvo por formulados los cargos contra R.D.S., acusado del transfemicidio de Azul Semeñenko, y abrió la investigación penal preparatoria por cuatro meses. Asimismo, avaló el pedido de prisión preventiva de ocho meses solicitado por la fiscalía a cargo de Agustín García y Guadalupe Inaudi.
Detalles del hecho
Según la acusación, el 25 de septiembre a la 1.40, R.D.S. interceptó a la víctima en la vía pública mientras ofrecía servicios sexuales y la trasladó a su domicilio. Allí le dio muerte empleando un arma blanca y elementos contundentes.
La fiscal Guadalupe Inaudi explicó que el imputado provocó un sufrimiento innecesario, con lesiones que excedieron lo necesario para causar la muerte. “Es un patrón que se repite en crímenes de odio. La multiplicidad de heridas y la energía utilizada para provocarlas dan cuenta de una agresión prolongada, intensa y cargada de hostilidad emocional negativa”, sostuvo.
La víctima sufrió fracturas en la cabeza y otras partes del cuerpo por un elemento contundente, y 25 heridas corto punzantes por arma blanca, 14 de ellas en tórax y abdomen. La fiscalía presentó registros fílmicos y fotográficos que muestran a la víctima y al imputado, y posteriormente a este último en la zona donde se halló el cuerpo el 14 de octubre, en un canal de desagüe en la intersección de Pergamino y Trenque Lauquen.
Calificación legal y posición del defensor
El Ministerio Público Fiscal solicitó y obtuvo la calificación de homicidio triplemente agravado, por ensañamiento, odio a la identidad de género y violencia de género. Por su parte, el defensor del imputado sostuvo que se trató de un homicidio en estado de emoción violenta, vinculado al consumo de estupefacientes.
El juez Kees consideró que las características del hecho cumplían con los requisitos legales para la formulación de cargos.
Prisión preventiva y riesgos procesales
El fiscal jefe Agustín García justificó la prisión preventiva por peligro de fuga, no sometimiento al proceso y entorpecimiento de la investigación. Destacó la extrema violencia del hecho, la cantidad de lesiones defensivas, el descartar el cuerpo en un lugar difícil de hallar y la pena en expectativa de prisión perpetua, como factores que aumentan los riesgos procesales.
El juez Kees avaló los argumentos de la fiscalía, remarcando que se trata de un hecho de extrema gravedad, con lesiones inusuales que evidencian la posibilidad de que el imputado no se someta al proceso, respaldado por su comportamiento desde el momento del crimen hasta la detención.

El siniestro ocurrió en el kilómetro 1593. Las autoridades realizaron un operativo sanitario para asistir al menor, que salió despedido del vehículo.

El hecho ocurrió el 30 de noviembre de 2025, cerca de las 3 de la madrugada, cuando el imputado entró de manera clandestina y sin consentimiento a la casa de la mujer


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