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Se oficializó este lunes en el Boletín Oficial mediante la resolución general 5672/2025, ¿Cómo impacta en los contribuyentes?
ACTUALIDAD14/04/2025
Neuquén Noticias
Tras el levantamiento del cepo cambiario, que anunció el Gobierno nacional el pasado viernes, ARCA anunció cambios en el régimen de percepciones de los impuestos a las Ganancias y sobre Bienes Personales para operaciones en moneda extranjera. Esta decisión quedó registrada en la Resolución General 5672/2025, modificando así la Resolución General N° 5.617.
A partir de la nueva normativa, las compras de billetes y divisas extranjeras para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones, realizadas por personas humanas y sucesiones indivisas, ya no estarán sujetas a percepciones del 25% a cuenta de Bienes Personales ni del 45% a cuenta de Ganancias.
Por otro lado, también habrá una modificación en la adquisición de servicios y transporte internacional. Se mantienen las percepciones para operaciones como la compra de servicios turísticos y pasajes de transporte internacional, que continuarán con una alícuota del 45% a cuenta de Ganancias y del 25% a cuenta de Bienes Personales.

La resolución también introduce cambios en la codificación utilizada para identificar y clasificar las operaciones alcanzadas por el régimen, diferenciando entre contribuyentes del régimen general y del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas).
Implicaciones para los contribuyentes
Estas modificaciones buscan alinear el régimen de percepciones con la capacidad contributiva de los contribuyentes y promover la equidad fiscal. Para los consumidores, esto implica una reducción en los costos asociados a la compra de divisas para atesoramiento, mientras que los gastos en servicios y transporte internacional seguirán con una carga tributaria similar a la anterior.
¿Cómo funcionan los impuestos en las compras en dólares?
Se calculan con base en el dólar oficial vigente el día anterior al cierre, independientemente del día que se realizó la compra. Cada vez que se hace una compra en dólares con una tarjeta de crédito o débito, los usuarios van a encontrar en su resumen el cobro de impuestos, los cuales varían según el tipo de consumo. Este aparece como DB.RG 5617 30%.
Cómo conviene pagar los consumos en el exterior
Es preferible cancelar los gastos en dólares directamente con divisas adquiridas a través del mercado financiero. Esto se debe a que el costo en pesos, al tener las percepciones, es más alto que si se compran dólares y luego se debita el consumo de ese dinero previamente adquirido.
En el caso de las tarjetas de crédito, consideran de importancia realizar el pago antes del vencimiento del resumen para evitar la conversión obligatoria a pesos, que generalmente se realiza a una cotización menos conveniente. De esta forma, quienes dispongan de dólares podrán cancelar sus obligaciones de forma más eficiente y aprovechar la diferencia de cotizaciones.
Las bandas flotantes del dólar oficial
Desde este lunes, las personas físicas podrán adquirir dólares para ahorro sin límites mensuales ni restricciones, aunque los consumos vinculados al turismo y las compras con tarjeta en moneda extranjera continuarán alcanzados por recargos impositivos.
Con el dólar ahorro, además de la eliminación del tope mensual de US$ 200 también se suprime la percepción impositiva aplicada a las operaciones de atesoramiento, lo que significa que quienes deseen adquirir dólares ahorro podrán hacerlo al tipo de cambio oficial sin costos adicionales. El Banco Central estableció un sistema de bandas flotantes para el dólar oficial de entre $ 1.000 y $ 1.400, que se actualizarán mensualmente según las condiciones del mercado.
En términos prácticos, esto significa que desde esta semana cualquiera podrá comprar dólares sin tener que justificar operaciones ni cumplir determinados requisitos, como no ser beneficiario de planes sociales o recibir subsidios a los servicios públicos.

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