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El oficialismo consiguió ratificar el proyecto de Ley de Alquileres modificado en el Senado

A 49 días de una media sanción que luego sería modificada en el Senado el 28 de septiembre, la Cámara baja volvió a votar un proyecto de ley de Alquileres

ACTUALIDAD11/10/2023Neuquén NoticiasNeuquén Noticias
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Ley de Alquileres

A 49 días de una media sanción que luego sería modificada en el Senado el 28 de septiembre, la Cámara baja volvió a votar un proyecto de ley de Alquileres. Y en esta oportunidad, a diferencia de lo sucedido el 23 de agosto, sonrió el oficialismo al ver convertida en ley la norma aprobada en la Cámara alta. El resultado se concretó pasadas las 5 de la madrugada, en una votación que concluyó con 128 votos a favor del dictamen de mayoría, 114 votos en contra y cero abstenciones. 

El texto aprobado mantiene en 3 años el plazo de los contratos (el tiempo actualmente vigente); los ajustes se podrán realizar con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 6 meses.

La norma aprobada aclara que el precio de los contratos debe fijarse en moneda nacional. En esta misma línea, dispone que “toda publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional”. 

Se elimina que se permitan pagos voluntarios anticipados por parte del inquilino, en tanto que los incentivos fiscales se mantienen sin cambios relevantes, salvo uno relacionado al monotributo, al establecer que “los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta 2 inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.  

Se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y que aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados” queden exentas del impuesto al cheque. 

Por otra parte, se incorpora que “las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

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