La industria en alerta por la apertura de importaciones: piden al gobierno un cambio de rumbo
La UIA y las pymes del sector lamentaron la propuesta del gobierno para contener la suba de la inflación minorista.
La resolución 1050/2021 de la Secretaría de Comercio Interior requirió a las empresas "incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada para evitar el desabastecimiento."
NACIONALES 20 de octubre de 2021El Gobierno publicó este miércoles en el Boletín Oficial la resolución 1050/2021 de la Secretaría de Comercio Interior, a través de la cual se retrotraen al 1 de octubre y se mantendrán hasta el 7 de enero próximo los precios de 1.432 productos de consumo masivo.
La resolución estableció la "fijación temporal de precios máximos de venta al consumidor para todos los productores, comercializadores y distribuidores" de 1.432 productos de consumo masivo en todo el territorio nacional.
También requirió "a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos (en el listado) a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida".
La normativa indicó que la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores publicará en su página web de forma destacada los precios máximos de venta al consumidor final para cada uno de los productos alcanzados por la presente resolución.
Según informó la Secretaría de Comercio Interior el martes por la noche "la lista acordada comprende un diverso espectro de 1.432 artículos, que incluye tanto primeras marcas como productos de pequeñas y medianas empresas".
Por otra parte, garantiza que "en las 23 provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la canasta contendrá necesariamente los siguientes rubros: almacén, limpieza e higiene y cuidado personal".
"La lista acordada comprende un diverso espectro de 1.432 artículos, que incluye tanto primeras marcas como productos de pequeñas y medianas empresas"
La resolución destaca que "en el último tránsito de la pandemia, coincidente con un fuerte proceso de recuperación económica, se han advertido y verificado aumentos generalizados en el precio de venta de productos tanto de alimentos para la población, así como también de productos de higiene y cuidado personal", y consideró que "resultan irrazonables y no se corresponden con las variaciones recientes de las estructuras de costos de producción".
Además remarcó que "este aumento general de precios afecta especialmente el bienestar general de la población", y subrayó que se trata de un "extremo que exige la toma de decisiones urgentes que establezcan marcos de racionalidad y estabilidad".
La normativa precisó que de acuerdo a un relevamiento realizados por Comercio Interior, se registraron "aumentos de precios que oscilan entre el 7% y el 82%".
En ese sentido destacó que la Secretaría que conduce Roberto Feletti "ha tenido numerosas reuniones de trabajo con los actores involucrados a fin de consensuar diversos mecanismos para asegurar el normal abastecimiento y comercialización y el establecimiento de precios al día 1 de octubre del presente año, sin que, a la fecha de la presente medida, se hayan obtenido avances significativos en la materia".
En consecuencia remarcó que "pese a dichos esfuerzos, corresponde sin más dilaciones y en uso de las facultades conferidas, disponer temporalmente, hasta el 7 de enero de 2022, la fijación de precios máximos de venta al consumidor de bienes de consumo general de determinados productos", y puntualizó que "la medida dispuesta podrá prorrogarse en caso de persistir las circunstancias de excepción que la motivan".
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