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El INDEC difunde un monto mínimo de costos que ayuda a los jueces a poder determinarla, pero los magistrados lo pueden establecer según cada caso
ACTUALIDAD06/08/2025La cuota alimentaria se determina con base en necesidades reales de los niños y niñas y la capacidad económica de los progenitores. El INDEC actualiza mensualmente la "canasta de crianza", que sirve como piso técnico recomendable para fijar cuotas de alimentos. Para agosto de2025, el organismo actualizó los valores mensuales.
Este concepto va más allá de una cuestión económica y está vinculado directamente a la responsabilidad parental, y está regulado en Argentina por el Código Civil y Comercial de la Nación. Si bien no existe un monto fijo establecido por ley, sí se contemplan lineamientos claros sobre cómo calcularla y hasta cuándo debe pagarse.
Desde mediados de 2023 son varios los juzgados que aplican el Índice de Crianza, calculado por el INDEC, que se compone de dos grandes rubros: por un lado, los bienes y servicios asociados a la crianza, como alimentos, vestimenta, salud, transporte, vivienda, esparcimiento y educación; y por otro, el costo del tiempo dedicado al cuidado de niños y niñas.
El componente de bienes y servicios se estima a partir de los gastos necesarios para garantizar el desarrollo físico, emocional y social de los menores de edad. En tanto, el componente de cuidado contempla el valor económico del tiempo que se dedica a las tareas de atención directa, como la alimentación, el acompañamiento escolar, la higiene y la supervisión diaria.
Este último ítem se calcula en base al salario correspondiente a la categoría "Asistencia y cuidado de personas" del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Para su estimación se toma como referencia la remuneración por hora vigente, multiplicada por una cantidad determinada de horas según el grupo etario del menor.
Es decir, su aplicación en el ámbito judicial sirve como elemento probatorio en causas de fijación de alimentos, facilitando la determinación de montos proporcionales a las necesidades reales de los niños y al nivel de vida familiar previo a una separación o divorcio. También sirve para actualizar la cuota alimentaria sin necesidad de recurrir a los tribunales: al monto establecido en un acuerdo o en un juicio se le aplica este índice y listo, no hay necesidad de realizar nuevos juicios para determinar las nuevas cifras.
¿De cuánto es el nuevo valor de la cuota alimentaria?
El valor mensual de la canasta de crianza, para cada uno de los tramos de edad, correspondiente a junio de 2025 es de $411.201 para los menores de un año, de $488.700 para los niños y niñas de 1 a 3 años, de $411.310 para los de 4 a 5 años y de $517.364 para los de 6 a 12 años. En los próximos días se dará a conocer el de julio.
Pero hay que destacar que en muchos casos el monto que reciben los hijos es menor porque el obligado a pagarla no llega a cubrir ese monto con sus ingresos. También pueden recibir más, dependiendo del caso concreto.
¿Qué es y cómo se calcula el monto de la cuota alimentaria en 2025?
La cuota alimentaria es una obligación legal que tienen los padres, ya sea desde la maternidad o la paternidad, de contribuir a la manutención de sus hijos cuando estos no pueden valerse por sí mismos. Este deber no desaparece con la separación de la pareja, y mucho menos con la falta de convivencia con el menor.
Incluye no solo la comida, sino también vivienda, educación, salud, vestimenta, transporte, esparcimiento, entre otros gastos. Todo lo que compone el desarrollo integral de una persona en crecimiento. Por tanto, quien no tiene la custodia o convivencia diaria con el niño o niña, debe aportar económicamente en función de sus posibilidades y del nivel de vida que el menor llevaba antes de la separación.
Como se mencionó, el Índice de Crianza debería ser un indicador del mínimo, pero no siempre se cumple. Por ello, al no existir un valor único y universal, la Justicia argentina suele estimar el valor de la cuota alimentaria como un porcentaje del sueldo neto del progenitor que debe pagarla. En la mayoría de los casos, este porcentaje oscila entre el 20% y el 30% por cada hijo.
Este valor puede parecer genérico, pero está sustentado en una evaluación judicial detallada que tiene en cuenta múltiples factores:
Las necesidades del hijo o hija: incluye gastos fijos y variables, desde el colegio y la comida hasta actividades extracurriculares o terapias;
Los ingresos del progenitor obligado al pago: ya sea en relación de dependencia o en situación independiente, se mide su capacidad económica;
La situación económica del progenitor conviviente: también se analiza si puede o no cubrir parte de los gastos;
El nivel de vida previo a la separación: el objetivo es mantener una continuidad en la calidad de vida del menor;
Cantidad de hijos/as: se considera si hay que dividir el porcentaje entre varios menores;
Régimen de cuidado y visitas: si el padre o madre no conviviente comparte más tiempo con el menor, el monto puede ajustarse.
¿Hasta qué edad corresponde pagar la cuota alimentaria?
La ley argentina establece que la obligación de abonar la cuota alimentaria se extiende hasta los 21 años, siempre y cuando el hijo/a no pueda mantenerse por sus propios medios.
Sin embargo, este plazo puede extenderse hasta los 25 años si el joven continúa estudiando y no cuenta con ingresos suficientes. Es decir, el hecho de estar cursando una carrera universitaria, terciaria o incluso un oficio, justifica la extensión del aporte económico.
En casos en que el hijo/a tenga alguna discapacidad que le impida trabajar o valerse por sí mismo, la obligación puede ser indefinida, lo que implica una responsabilidad permanente para el padre o madre no conviviente.
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