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La Justicia Federal falló en contra de un amparo que pedía ATE para no pagar Ganancias en Neuquén. Cómo queda la situación para los empleados de la Provincia
REGIONALES20/09/2024Después de que la Justicia Federal fallara en contra a un pedido de amparo del gremio ATE para pedir la nulidad del Impuesto a las Ganancias para los estatales de Neuquén, los dirigentes sindicales brindaron tranquilidad a los empleados públicos.
Pese a la postura negativa de Nación, los estatales, docentes y Policías neuquinos siguen blindados por una ley provincial que fue respaldada por la Justicia neuquina.
Marcelo Guagliardo, secretario general de ATEN, salió a aclarar la confusión que generó el fallo desfavorable de la Justicia Federal de Zapala. Al igual que lo hizo Carlos Quintriqueo, el referente de los docentes neuquinos explicó que los trabajadores de la educación no serán alcanzados por Ganancias porque tienen "una doble protección".
Qué pasa con los docentes
"En primer lugar, por la ley que se aprobó en 2023, es la ley provincial 3378, que excluye el 40% del salario del cálculo de retención de ganancias por la zona", dijo Guagliardo a LMNeuquén. "Esa es la ley que la Justicia considera que está vigente, y porque hay un fallo provincial que determinó que está vigente esa normativa", agregó.
Para los docentes rige un doble resguardo. Además de la ley provincial, "CTERA a nivel nacional hizo un reclamo a la justicia federal y tuvo medida cautelar a favor, tiene alcance a todos los docentes a nivel nacional vinculados con la CTERA", aclaró Guagliardo.
De este modo, los trabajadores de la educación de Neuquén no tienen que pagar ganancias. A ellos se suman los educadores del resto del país, que están contenidos en este amparo. Tal como aclaró Quintriqueo, las medidas de amparo pueden quedar vigentes por años, incluso cuando no hay resoluciones sobre la temática.
La opinión sobre el fallo judicial
El líder docente consideró que el Impuesto a las Ganancias "es un contrasentido". "Es una lucha que venimos dando de hace muchos años, el trabajo no es ganancia sino la retribución de una tarea realizada. Este gobierno dijo que iba a bajar los impuestos y se los sube a los trabajadores y se los baja a los grandes capitales", aseveró.
"Es un fallo muy raro, en ningún caso nos han declarado la inadmisibilidad por falta de representatividad", dijo Guagliardo y aclaró: "En una instancia judicial anterior a esta que presentamos hace bastante tiempo contra la ley anterior de ganancias por el tema de jubilados, la Justicia nos reconoció como representante de los jubilados". Y sumó: "ahora cambiaron el criterio, pero es raro, es impugnable, ¿quién va a representar a los trabajadores si no son las organizaciones sindicales?".
"A ATE le han dicho que no y a nivel nacional CTERA tiene un fallo contra el mismo articulado de la ley a favor", señaló el dirigente gremial y aclaró que los educadores de Neuquén tienen ese resguardo complementario.
La ley que protege a los estatales neuquinos de pagar Ganancias
A fines de julio de este año, la jueza María Victoria Bacci hizo lugar al amparo presentado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y ordenó a la Provincia de Neuquén desestimar la retención de los haberes con la aplicación del Impuesto a las Ganancias a todos los estatales.
En Neuquén, los estatales en general estaban cubiertos en la vieja versión de Ganancias por los alcances de la ley provincial 3378, que fue el instrumento pactado por los gremios con el Ejecutivo para gambetear los descuentos previstos por la normativa impositiva. Con la normativa, aprobada a fines del 2022, se dispuso que el 60% de los ingresos de los empleados es el sueldo, mientras el 40% restante corresponde a dedicación funcional. Este último concepto, quedaba exceptuado para el cálculo del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
La iniciativa elevada por el gobierno provincial buscó mantener el beneficio incluido en el presupuesto 2023 en relación al alivio del impacto del impuesto a las ganancias en los sueldos de los agentes de la Administración Pública. La norma ratifica las actas adenda de los CCT que incorporaron el concepto de “dedicación funcional” en la composición de las remuneraciones, concepto sobre el que no deben aplicarse retenciones por la cuarta categoría.
Con la inclusión en el fallo de la ley 3378, otros sectores también quedarían exceptuados de ganancias. Es el caso de la Policía y los comprendidos por el artículo 53 de la Ley provincial 3190 (ministros y cargos de dirección en diversos organismos provinciales).
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