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El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación oficializó este miércoles el Reglamento Operativo (RO) del programa Alimentar Comunidad destinado a brindar una asistencia económica a comedores y merenderos de organizaciones sociales y comunitarias
ACTUALIDAD23/08/2023El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación oficializó este miércoles el Reglamento Operativo (RO) del programa Alimentar Comunidad destinado a brindar una asistencia económica a comedores y merenderos de organizaciones sociales y comunitarias.
A través de la Resolución 17640 y a fin de garantizar una ejecución "óptima" y de metodología de abordaje centrada en el apoyo social, técnico y financiero, el beneficio prevé una transferencia monetaria por medio de tarjetas físicas o virtuales para la adquisición de los elementos y/o productos para "mejorar las condiciones de vulnerabilidad".
"El programa realizará un acompañamiento a las organizaciones que asisten a población vulnerable en el territorio nacional", puntualiza el punto 1.2 del anexo adjunto publicado en el Boletín oficial.
¿Qué es el programa Alimentar Comunidad?
Según repasa la cartera conducida por Victoria Tolosa Paz, el objetivo general del programa Alimentar Comunidad es "optimizar los logros alcanzados por el Ministerio de Desarrollo Social, en cuanto a la adquisición, distribución, calidad nutricional y trazabilidad de la entrega de alimentos, elementos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios".
Para ello, la iniciativa prevé:
Implementar un sistema de transferencia monetaria por medio de tarjetas prepagas físicas o virtuales,
Ejecuta un sistema de trazabilidad en la cadena de adquisición y consumo de alimentos.
¿Cómo y quiénes pueden inscribirse al programa Alimentar Comunidad?
El punto 3 del capítulo "Organizaciones elegibles" especifica que el programa Alimentar Comunidad busca alcanzar a organizaciones en las cuales se brinde algún tipo de asistencia alimentaria comunitario regular.
"En todos los casos son organizaciones comunitarias independientes del Estado en sus distintos niveles y son entendidas como una unidad mínima", amplía el párrafo.
Podrán participar sólo aquellas organizaciones sociales y/o comunitarias qué brindan asistencia alimentaria; esto es, espacios destinados a elaborar y servir comida en la forma de una prestación principal (almuerzo y/o cena) y/o una prestación secundaria (desayuno y/o merienda).
Para su postulación deberán cumplimentar con la selección en base a la aprobación de documentación como constancia de inscripción en AFIP; copia de los DNI de las autoridades; fotocopia autenticada del estatuto actualizado, entre otras.
La Secretaría de Articulación de Política Social, a través de la Unidad Coordinadora, evaluará y aprobará cada una de las gestiones de asistencia formuladas.
¿Cómo es la nueva tarjeta del programa Alimentar Comunidad?
El Ministerio de Desarrollo Social implementará el pago de la prestación mediante una tarjeta emitida por el Banco de la Nación Argentina (BNA), bajo las siguientes características:
Tarjeta física o la billetera virtual BNA+ estará limitada al uso en comercios pertenecientes al rubro alimenticio, que estén adheridos a la plataforma Mastercard en el caso de la tarjeta física y a la plataforma Visa en el caso de la tarjeta virtual;
Las transacciones se realizarán con lectura de banda magnética y/o chip, "online", o por código QR y exclusivamente en un pago. Cada compra afectará el saldo de la cuenta en tiempo real,
La tarjeta no permitirá la extracción de dinero en efectivo.
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