
La Subsecretaria de Derechos humanos y el IADEP firmaron un convenio de adhesión a le leyes 3233 y 2333

A través de la firma de un convenio de colaboración con la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Gobierno y Educación, el Instituto Autárquico de Desarrollo Productivo (IADEP) adhirió a las leyes de los Registros de Violencia Familiar y de Género y al de Deudores Alimentarios morosos, leyes 3233 y 2333 respectivamente.
De la firma participaron el ministro de Economía e InfraestructAura y presidente del IADEP, Guillermo Pons; la subsecretaria de Derechos Humanos, Alicia Comelli; el director del IADEP, Claudio Garretón; y los equipos de trabajo de ambos organismos.
A partir de este convenio la subsecretaría de Derechos Humanos pone a disposición del IADEP una guía de recomendaciones para la implementación de la Ley del Registro de Violencia Familiar y de Género, y se compromete a capacitar a las funcionarias y funcionarios responsables de poner en marcha lo que dispone la normativa.
La subsecretaria de Derechos Humanos, Alicia Comelli explicó que “la Ley de Registro de Violencia Familiar y de Género se aplica a todos los procesos judiciales en los que cualquier persona humana sea víctima de violencia en los supuestos de las Leyes 2212 (Régimen de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Familiar) y 2786 (Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres); cuando la persona sea condenada por sentencia firme; o si se incumplen las medidas preventivas urgentes, restrictivas o cautelares, o los tratamientos terapéuticos determinados por orden judicial.”
El IADEP se suma a otros organismos autárquicos y a una multiplicidad de colegios profesionales, empresas, cámaras de comercio e industria y comerciantes que han adherido a las leyes que tienen por objetivo la prevención, sanción y erradicación de las violencias, convirtiéndose en una herramienta más de disuasión para quienes no cumplen con las medidas cautelares a que, por temor, o apremio a sufrir un mal mayor, comiencen a acatarlas. Es para aquellos que incumplan medidas preventivas urgentes, como no mantener el distanciamiento ordenado o que incumplan tratamientos terapéuticos ordenados por la justicia, como es el caso del Dispositivo de Atención a Varones (DAV).


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