
Convocan a autoridades de mesa voluntarias
NeuquenNewsEl organismo busca ampliar la cantidad de ciudadanas y ciudadanos disponibles para ser designados como presidentes o suplentes de las mesas receptoras de votos, una función esencial para garantizar el correcto desarrollo del acto electoral y la transparencia de los resultados.
Quiénes pueden postularse
Según el artículo 90 del Código Electoral, las autoridades de mesa deben:
Ser electores en ejercicio.
Residir en el lugar donde se realiza la elección.
Saber leer y escribir.
Ser mayores de 18 años.
La tarea
La autoridad de mesa tiene la misión de velar por el desarrollo ordenado de la votación: abrir el acto electoral a las 8, verificar la identidad de los electores, entregar las boletas, resolver situaciones durante la jornada, realizar el escrutinio y labrar las actas que luego recibe la Junta Electoral.
Capacitación
Todas las personas designadas reciben capacitación previa —presencial o virtual— a cargo de la Justicia Electoral Provincial.
Designación y plazos
Estar inscripto en el registro no implica una designación automática. Los nombramientos se realizan con una antelación mínima de treinta días antes de la elección y se notifican individualmente. Quienes no puedan desempeñar la función pueden excusarse dentro de los tres días posteriores a la notificación, por razones de enfermedad o fuerza mayor debidamente justificadas.
Cómo inscribirse
La inscripción se realiza en línea a través de gen.jusneuquen.gov.ar/voluntarios/inscripcion.
Completar el formulario con los datos personales y de contacto.
Revisar cuidadosamente el correo electrónico y el teléfono antes de guardar.
Confirmar la inscripción: el sistema enviará un correo de confirmación.
📩 Es importante verificar los datos de contacto, ya que la Justicia Electoral se comunica por correo electrónico o teléfono. Un error puede impedir la notificación o el acceso a la capacitación.



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