
Día de la Ancianidad: ingresos insuficientes, acceso restringido y una mortalidad que exige respuestas
NeuquenNewsEl 28 de agosto recuerda la proclamación realizada por Eva Perón en 1948 de un decálogo que reconocía a las personas mayores los derechos a la asistencia, la vivienda, la alimentación, la salud física y moral, la recreación, la tranquilidad y el respeto. Los principios fueron incorporados al año siguiente a la Constitución de 1949. Casi ocho décadas después, aquellos derechos siguen ofreciendo una vara incómodamente precisa para medir la realidad actual.
Una población que envejece
Según el Censo 2022, el 16,2% de la población argentina tiene 60 años o más y el 11,9% ya superó los 65. En 2024, el 93,2% de las personas mayores de 60 años declaró estar afiliado a algún sistema de salud. Son indicadores importantes y relativamente favorables, pero la afiliación formal no garantiza por sí sola turnos oportunos, continuidad de tratamientos ni capacidad para pagar medicamentos, estudios, traslados o cuidados de larga duración.
El principal problema es la distancia entre los ingresos previsionales y el costo real de sostener una vejez digna. En agosto de 2026, la jubilación mínima es de $419.775,93 y, con el bono de $70.000, llega a $489.775,93. Ese bono permanece congelado nominalmente desde marzo de 2024, por lo que perdió poder adquisitivo con cada aumento de precios. La Pensión Universal para el Adulto Mayor —destinada a quienes no completaron los aportes necesarios— es todavía menor: $335.820,74 antes del bono correspondiente.
Una medición de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires estimó que, en mayo de 2026, una pareja de adultos mayores propietaria de su vivienda necesitaba $1.622.654 mensuales. Si alquilaba, el costo ascendía a $2.835.928. Aunque se trata de una medición porteña y no de una canasta nacional, expone gastos que la línea general de pobreza capta deficientemente: medicamentos, atención sanitaria, servicios, cuidados y vivienda. Incluso comparando esa canasta de mayo con dos jubilaciones mínimas con bono de agosto —$979.551,86—, los ingresos cubren apenas el 60% de la canasta de propietarios y el 35% de la de inquilinos.
Esto ayuda a explicar una aparente contradicción: la pobreza oficial entre mayores de 65 años es inferior a la del conjunto de la población, pero eso no significa que sus ingresos permitan afrontar adecuadamente los costos particulares de la vejez. La línea de pobreza convencional mide ingresos familiares contra una canasta general; no determina si una persona puede comprar todos sus medicamentos, pagar un cuidador o adaptar su vivienda.
Medicamentos y jubilación, dos barreras crecientes
PAMI mantiene medicamentos gratuitos y descuentos, pero la cobertura ambulatoria del 100% mediante el subsidio social ya no es automática. Para acceder hay que cumplir condiciones patrimoniales y de ingresos: entre ellas, no superar determinados límites, no tener medicina prepaga y no poseer más de un inmueble. También existe una vía de excepción cuando el gasto en medicamentos representa una proporción elevada del ingreso. En la práctica, la cobertura pasó a depender de una evaluación administrativa que puede convertirse en una barrera adicional para una población con dificultades de movilidad, conectividad o acompañamiento familiar.
A eso se suma el vencimiento, en marzo de 2025, de la moratoria previsional creada por la Ley 27.705. Quienes llegan a la edad jubilatoria sin treinta años de aportes ya no pueden regularizar de la misma manera los períodos faltantes. A los 65 años pueden solicitar la PUAM, equivalente al 80% de la jubilación mínima, pero esta prestación no genera pensión por fallecimiento. El cambio afecta especialmente a trabajadores informales y a mujeres con trayectorias laborales interrumpidas por tareas de cuidado.
El chequeo del dato de mortalidad
El último año con estadísticas nacionales completas de mortalidad es 2024. La Dirección de Estadísticas e Información de Salud publicó esos resultados en enero de 2026. No hay todavía una base nacional definitiva de 2025 que permita hablar rigurosamente de la mortalidad del “último año calendario”.

Los cálculos surgen de los anuarios oficiales de 2023 y 2024.
Por lo tanto, la afirmación de que hubo “21.276 muertes adicionales de jubilados” necesita tres correcciones. Primero, la variación fue del 8,1%. Segundo, las estadísticas clasifican personas por edad, no por condición previsional: una persona mayor de 65 años puede no ser jubilada y existen beneficiarios previsionales menores de esa edad. Tercero, la diferencia contra un solo año anterior no equivale técnicamente a “exceso de mortalidad”. Este último se calcula comparando las defunciones observadas con las esperadas según varios años de referencia, considerando el crecimiento y el envejecimiento de la población.
La composición por causas, sin embargo, justifica una investigación. A partir de las tablas oficiales, las muertes por enfermedades respiratorias entre mayores de 65 años pasaron de aproximadamente 58.518 a 67.112: un incremento del 14,7%. Las causadas por enfermedades circulatorias aumentaron alrededor del 6,2%, mientras que las vinculadas con tumores permanecieron prácticamente estables. El mayor incremento absoluto se registró entre quienes tenían 85 años o más.
Los anuarios también exigen prudencia porque para 2024 se utilizaron nuevas proyecciones poblacionales basadas en el Censo 2022 y se actualizó la edición de la clasificación internacional de enfermedades. Esos cambios no invalidan el aumento de las defunciones contadas, pero sí aconsejan evitar comparaciones apresuradas de tasas o atribuciones causales.
Qué se puede afirmar
La evidencia disponible permite decir que durante 2024 la mortalidad creció de manera marcada entre las personas mayores, especialmente en las edades más avanzadas y por causas respiratorias. No permite afirmar, por sí sola, que esas muertes hayan sido provocadas directamente por la reducción de ingresos, las modificaciones en medicamentos o el ajuste del sistema previsional.
Pero la falta de una demostración causal tampoco debería utilizarse para clausurar la discusión. La coincidencia entre jubilaciones insuficientes, restricciones administrativas, dificultades de acceso sanitario y crecimiento de la mortalidad obliga al Estado a producir un análisis específico, ajustado por edad, región, nivel socioeconómico y causa de muerte. También debería publicar cuanto antes los datos definitivos de 2025.
El problema de fondo no consiste únicamente en cuánto viven las personas mayores, sino en cómo viven. A 78 años de aquella declaración, el derecho a la ancianidad vuelve a mostrar la distancia entre una cobertura formal relativamente extensa y las condiciones materiales necesarias para transitar la vejez con salud, autonomía y dignidad.



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