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Formulan cargos al intendente de Plottier y a una funcionaria del gabinete por direccionar contrataciones

ACTUALIDAD28/04/2026NeuquenNewsNeuquenNews

La unidad fiscal de Delitos Económicos formuló cargos contra el intendente de Plottier, Luis Bertolini, y la subsecretaria de Hacienda, Gladys Ramírez, por haber montado un sistema de contrataciones públicas destinado a favorecer de manera sistemática a determinados proveedores.

 

Durante una audiencia que demandó dos jornadas, la jueza de garantías tuvo por formulados los cargos y consideró que, en esta etapa inicial, los hechos descriptos por la fiscalía cuentan con la entidad suficiente para permitir el avance de la investigación.

 

Según apunto el fiscal jefe Pablo Vignaroli, desde el inicio de la gestión municipal —entre enero de 2024 y marzo de 2026— los funcionarios intervinieron de forma deliberada en los procesos de contratación del municipio para beneficiar a P.V. y M.L., dos proveedores. La maniobra consistió en asegurar su participación en todas las convocatorias, independientemente del rubro, y direccionar las adjudicaciones mediante procedimientos irregulares. En ese período se otorgaron al menos 160 contratos por más de $2.300 millones, en muchos casos sin competencia real, con ofertas únicas o con desestimaciones arbitrarias de otros oferentes.

 

La fiscalía detalló que el circuito se iniciaba con pedidos de distintas áreas municipales, que eran canalizados por la subsecretaría de Hacienda. A partir de allí, el área de compras invitaba sistemáticamente a cotizar a los mismos proveedores, quienes resultaban adjudicatarios en la mayoría de los casos. Además, se detectaron múltiples irregularidades: falta de publicidad de los procesos, incumplimiento de los requisitos mínimos de oferentes, utilización de contrataciones directas sin acreditar situaciones de urgencia, adjudicaciones sin fundamentos y pagos sin constancias de recepción de los bienes o servicios.

 

De acuerdo con la investigación, cada imputado cumplió un rol específico dentro de una maniobra coordinada: los funcionarios públicos intervinieron en las decisiones administrativas y en el control del circuito de contratación, mientras que los particulares canalizaron las adjudicaciones y el flujo económico.

 

Los hechos fueron calificados provisoriamente como negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, en carácter de delito continuado. En ese marco, la fiscalía atribuyó a Bertolini y Ramírez el rol de coautores y a M.L. y P.V. el de partícipes necesarios (artículos 265 y 45 del Código Penal).

 

Caso complejo

 

Durante la audiencia, en la que también participaron la fiscal del caso Rocío Rivero, la asistente Agustina Jara y el asistente letrado Facundo Bernat, desde el Ministerio Público Fiscal (MPF) se solicitó que el caso sea declarado complejo. El pedido tiene que ver con la cantidad de hechos investigados, el volumen de documentación y con la existencia de una investigación vinculada a criminalidad económica organizada. Se destacó que aún restan diversas medidas de prueba, entre ellas el análisis de dispositivos secuestrados, la revisión de la totalidad de los expedientes administrativos, entrevistas a agentes municipales que intervinieron en los procesos de contratación y la obtención de información bancaria que será analizada por un equipo técnico contable especializado.

 

La jueza declaró el caso complejo y fijó un plazo de seis meses para el desarrollo de la investigación.

 

Planteos de la defensa

 

Luego de que la fiscalía formulara los cargos y antes de que la jueza los aceptara, la defensa del intendente intentó apartar de la investigación al fiscal jefe Pablo Vignaroli. Planteó la inconstitucionalidad parcial del artículo 24 de la ley orgánica del MPF, que es el que define el proceso interno del MPF para resolver esos pedidos y que, en este caso, implicó que el fiscal general José Gerez ratificara la intervención de Vignaroli, un mes y 25 días atrás.

 

La jueza de garantías Carina Álvarez rechazó el pedido por extemporáneo. Señaló que la defensa conocía la resolución del fiscal general que había desestimado la recusación y no la cuestionó en tiempo oportuno. Agregó que la declaración de inconstitucionalidad es una herramienta excepcional, que las leyes gozan de presunción de validez y que no se acreditó una incompatibilidad manifiesta con la Constitución. En ese marco, enfatizó que las decisiones sobre recusaciones se inscriben en la autonomía funcional del Ministerio Público Fiscal, por lo que no resultan, en principio, revisables por la magistratura.

 

Luego, la defensa solicitó la nulidad de los allanamientos y la exclusión de la prueba, al considerar que la autorización judicial carecía de fundamentación. La fiscal del caso, Rocío Rivero, se opuso porque no existía “un agravio concreto”, criterio al que adhirió la Fiscalía de Estado, representada por el abogado Gustavo Kohon.

 

Tras un cuarto intermedio, la jueza también rechazó este pedido. Indicó que no se acreditó perjuicio alguno. “Si no hay agravio, la nulidad no puede prosperar”, sostuvo, y agregó que al autorizar los allanamientos valoró la totalidad de la información presentada por la fiscalía.

 

Fue luego de rechazar los intentos de la defensa del mandatario municipal de Plottier (las otras defensas no se opusieron a la investigación) que la jueza aceptó la formulación de cargos y avaló el inicio de la investigación preliminar preparatoria. “Hay evidencia en cantidad y calidad para tener por formulados los cargos”, afirmó.

 

Finalmente, la fiscal del caso afirmó que en la investigación se está “ante un serio riesgo de entorpecimiento”, y apuntó principalmente a la capacidad de influencia de los imputados sobre testigos, además de la posibilidad concreta de afectar evidencia. Por esa razón, Rivero solicitó a la jueza distintas medidas cautelares, con inhibiciones generales de bienes y embargos respecto de los imputados y la imputada. En el caso del intendente Bertolini, requirió la detención domiciliaria.

 

Debido a la cantidad de planteos que realizaron las defensas, la jueza dispuso un cuarto intermedio hasta mañana al mediodía para comunicar su decisión. Provisoriamente, dispuso los embargos de las cuentas bancarias de los imputados P.V. y M.L., los dos proveedores imputados como partícipes secundarios.

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