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Operar con una billetera electrónica simplifica muchas de las transacciones. Sin embargo, para que la AFIP 2024 no siga tan de cerca el volumen operado, se deben tomar recaudos. Todos los detalles a continuación
ACTUALIDAD 09 de marzo de 2024 Neuquén NoticiasGran parte de las transacciones comerciales que realizamos de manera cotidiana pasa por una billetera virtual. Llevado al extremo, hay personas que prácticamente ya no se manejan con efectivo y pagan absolutamente todo desde el teléfono celular. Pero estos movimientos de dinero, en algunos casos, son mirados muy de cerca por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El pago del alquiler de un inmueble, la cuota del colegio privado de los hijos, una cuota de un crédito. Ejemplos de grandes movimientos a través de una billetera electrónica hay a montones. Sin embargo, las “alarmas” de la AFIP se encienden cuando dichas transacciones superan determinada cantidad de dinero. Ergo, conviene conocer esos topes para evitar que el ente recaudador nos marque de cerca.
¿Cuánto dinero tienes que mover en tu billetera virtual para que se entere la AFIP?
A través de su sitio web, la AFIP explicita los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales deben informar de las operaciones de sus clientes. Información cuyo objetivo es determinar el origen de los fondos, si es lícito o no, y si dichas operaciones son plausibles de ser gravadas con impuestos.
Toda vez que las transferencias, operaciones como acreditaciones o extracciones y los saldos existentes en cuenta superen los $400.000, las billeteras electrónicas están obligadas a informarlos a la AFIP. De considerarlo necesario, el ente recaudador puede exigir a través de una comunicación formal que el contribuyente demuestre el origen de los fondos.
¿Cuándo las billeteras virtuales avisan a la AFIP?
Además de los $400.000 mencionados, las billeteras virtuales tendrán que informar a la AFIP determinados movimientos de dinero. Movimientos que, como se ha explicado más arriba, también podrán ser susceptibles de controles por parte del ente fiscal.
La AFIP exige que las billeteras virtuales le informen sobre:
Entradas o salidas e dinero de las cuentas que sean iguales o mayores a $120.000.
Saldos en cuenta que al último día hábil del mes informado sean iguales o superiores a $200.000.
Transferencias iguales o mayores a $400.000.
¿Qué monto de transferencia investiga la AFIP?
Tal como lo indica su nombre, la Administración Federal de Ingresos Públicos se encarga de monitorear los movimientos de fondos de todos y cada uno de los movimientos de las personas que operen dentro de la Argentina. Y, como regla general, les solicita a los bancos y a las billeteras electrónicas que le brinden información en determinados tipos de supuestos.
Como regla general, la AFIP puede monitorear todas las acreditaciones que mes a mes se efectúan a través del sistema bancario. Movimientos en cajas de ahorro, cuentas corrientes, pago de sueldos o haberes jubilatorios, determinadas transacciones a través de una billetera electrónica. Movimientos en pesos argentinos así como también en dólares estadounidenses u otras divisas.
A continuación, algunos casos en los que la AFIP puede solicitar información a las entidades bancarias:
El total de las acreditaciones mensuales efectuadas en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, ya sea en pesos argentinos o dólares estadounidenses, resulta igual o mayor a $ 200.000.
El total acumulado de las extracciones por mes en efectivo de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, en moneda argentina o extranjera son iguales o superiores a los $ 200.000.
Los saldos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales que, al último día hábil de un período mensual determinado, sean iguales o mayores a los $ 200.000.
¿Cuál es la cantidad de dinero que se puede transferir sin declarar?
De acuerdo al nivel de ingresos de una persona determinada, el monto máximo que se puede transferir sin declarar varía. Para evitar que se generen distintas especulaciones, las entidades bancarias y las billeteras electrónicas suelen no hacer explícito este tope, sino que elaboran una suerte de perfil de cada cliente de acuerdo con su volumen operado.
Diferente es el caso de aquellas personas que se encuentran dentro de la economía informal, es decir, no tienen ingresos declarados. En ese caso, la AFIP ha fijado el monto máximo de transferencia a traves de una billetera virtual en $200.000 mensuales.
Con una inflación aún por encima de los dos dígitos, es muy frecuente que algunas personas deban transferir montos de dinero superiores a $200.000 y nunca la AFIP les solicita que demuestren el origen de los fondos. No obstante, cabe recordar que siempre que se sobrepase ese tope, se está en riesgo de que el ente recaudador pueda pedir que se justifiquen los fondos.
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