Banners logo-28

Padre y patrón ausentes: no retuvo la cuota alimentaria de un empleado y ahora deberá responder por la deuda

Un empleador no retuvo la cuota alimentaria que debía abonar un empleado, pese a reiteradas órdenes judiciales; por lo que deberá responder personalmente por esa deuda. Además, se dispuso el embargo de sus cuentas bancarias, lo que permitió que el grupo familiar beneficiario percibiera los montos adeudados.
REGIONALES30/04/2026NeuquenNewsNeuquenNews

Bariloche.-El caso se originó en un proceso de alimentos en el que se había ordenado al empleador descontar un porcentaje del salario del trabajador y depositarlo para cubrir la cuota alimentaria. Sin embargo, pese a haber sido notificado en varias oportunidades, no realizó los descuentos ni respondió a los requerimientos del juzgado.

Ante estos incumplimientos, el tribunal envió nuevos oficios e intimaciones, advirtiendo que podían aplicarse sanciones económicas. Como la situación persistió, se dispuso una multa por cada día de demora en responder y cumplir con la orden.

Además, se resolvió que el titular del taller deberá responder con su propio patrimonio por las sumas que no fueron retenidas ni depositadas. Esto implica que no solo el trabajador es responsable por la deuda alimentaria, sino también su empleador, por no haber cumplido con la orden judicial.

La Defensa Pública Civil de Bariloche intervino en representación del hijo y su madre, como grupo familiar beneficiario de la cuota alimentaria. Desde ese rol, impulsó distintas presentaciones para que se reiteren los pedidos al empleador, se apliquen sanciones y se garantice el cobro de la cuota. El objetivo fue asegurar que el derecho alimentario se cumpla de manera efectiva, frente a un incumplimiento sostenido en el tiempo.

Al momento de resolver, la magistrada de la Unidad Procesal de Familia, consideró que el empleador había sido debidamente notificado en varias oportunidades y que, aun así, no cumplió con la orden de retener y depositar la cuota. Por eso, hizo efectiva la sanción económica prevista y estableció su responsabilidad solidaria por la deuda generada.

Qué es la responsabilidad solidaria?

La responsabilidad solidaria es una figura jurídica donde una persona o entidad asume la obligación de pagar la totalidad de una deuda o cumplir una obligación ajena junto al deudor principal. Las órdenes judiciales de retención de haberes deben ser cumplidas en tiempo y forma por los empleadores, y su incumplimiento puede generar consecuencias legales, incluyendo la responsabilidad directa por las deudas alimentarias no abonadas.

¿Dónde acudir si se presenta una inquietud similar?

Si se presenta alguna necesidad, dudas o iniciar un trámite de similares características a lo descrito, los ciudadanos pueden acercarse al Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP), en el Edificio Pilmayquén, en Avenida 12 de octubre 705/741, planta baja.

Te puede interesar
Lo más visto
Horóscopo Chino

Horóscopo chino del jueves 10 de septiembre de 2026

NeuquenNews
HORÓSCOPO CHINO10/09/2026
El jueves 10 de septiembre de 2026 llega con una energía de definiciones, límites visibles y decisiones que empiezan a mostrar consecuencias más concretas. Después del equilibrio alcanzado durante el miércoles, la segunda semana entra en una etapa donde ya no alcanza con observar: algunas situaciones pedirán una respuesta clara, un compromiso más firme o la decisión de dejar de sostener aquello que continúa funcionando de manera desigual.
Efemérides Argentinas

Efemérides argentinas - 10 de setiembre

NeuquenNews
DE NUESTRA REDACCIÓN10/09/2026
Los hechos, las figuras y las fechas que dejaron su marca en la historia argentina. Un recorrido diario por los acontecimientos políticos, sociales, culturales, científicos y deportivos que ayudan a comprender el país que somos.
Horacio Marín

YPF consiguió US$1.200 millones en el exterior y extendió hasta 2035 el horizonte de su deuda

NeuquenNews
ENERGÍA10/09/2026
La petrolera recibió ofertas por unos US$2.200 millones y colocó un bono con cupón del 7,55% y rendimiento efectivo del 7,85%. La operación permitirá refinanciar compromisos con vencimientos en 2027 y 2029, además de fortalecer su caja para sostener el crecimiento en Vaca Muerta. El costo financiero bajó con fuerza frente a la emisión realizada a comienzos de 2024, aunque no constituye la menor tasa de toda la historia de YPF.