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title: "AFIP reglamentó Ganancias y ya hay un nuevo piso del mínimo no imponible"
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description: "El cambio en Ganancias comienza a regir con los salarios de este mes. El beneficio alcanzará a 1.267.000 personas."
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  - "Afip"
  - "Impuesto a las Ganancias"
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# AFIP reglamentó Ganancias y ya hay un nuevo piso del mínimo no imponible

![AFIP](/download/multimedia.normal.a9076b6476af4681.414649505f6e6f726d616c2e77656270.webp)

**La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el incremento del nivel de ingresos salariales a partir del cual las trabajadoras y los trabajadores empiezan a pagar Impuesto a las Ganancias, y la modificación comenzará a regir con los salarios de setiembre que se pagan en octubre próximo.**

De esta forma, quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no se verán alcanzados por el tributo, medida que beneficia a más de 1.200.000 personas.

La normativa también excluye del cálculo del impuesto al pago del Salario Anual Complementario que se abona en diciembre.

**"La modificación en el Impuesto a las Ganancias es una herramienta que apuntala la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores", sostuvo la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.**

Destacó que "los cambios se suman a las distintas medidas impulsadas por el Gobierno para fortalecer el proceso de recuperación económica".

La resolución general 5076/2021 de la AFIP, que se publicará en el Boletín Oficial las próximas horas, reglamenta el decreto 620/2021 que actualizó los valores de la deducción especial "para promover que el Impuesto a las Ganancias no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida por el Gobierno en orden a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los salarios y fortalecer la demanda interna", indicó el organismo.

De acuerdo con la normativa de la AFIP, cuando un empleador o empleadora hubiera realizado la liquidación de los haberes devengados en setiembre con anterioridad al dictado de la normativa, la devolución del saldo a favor del trabajador o la trabajadora deberá realizarse en el primer pago que se le realice.

**Quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $ 175.000 no se verán alcanzados por el tributo.**

La normativa también contempla que las personas con remuneraciones mensuales entre $ 175.000 y $ 203.000 brutos afronten una menor carga tributaria.

**La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del segundo semestre no supere los $ 175.000.**

El Gobierno destacó que "la medida persigue el objetivo de fortalecer el poder adquisitivo de los contribuyentes del impuesto y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno; y, al mismo tiempo, busca asegurar que durante 2021 no aumente como consecuencia del crecimiento de los salarios nominales, la cantidad de personas alcanzadas este año por el tributo".

**De esta manera, el aumento de las paritarias no afectará el alivio fiscal impulsado por el Gobierno y sólo seguirán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores.**

En ese sentido, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, explicó que el objetivo del Gobierno es "mantener una población gravada por el impuesto a las Ganancias cercano al 10% de los asalariados", que "representan entre el 25% y 26% de la masa salarial total".

A partir de ahora, todas las deducciones y las escalas del impuesto volverán a actualizarse desde el 1 de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios

**Desde el Gobierno remarcaron que "durante la administración de Juntos por el Cambio se duplicaron los trabajadores alcanzados por este impuesto", por lo cual destacaron que "la ley -modificada en abril de este año- buscó volver a los niveles anteriores al período 2015-2019, y que casi 1,3 millones de trabajadores dejaran de pagar el tributo".**

En junio último se habían reglamentado los cambios establecidos en abril a través de la ley 27.617 que comenzaron regir en julio.

Estos incluyeron la eliminación del tope de edad para la deducción correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad; incorporaron por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges, y eximieron al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta este mes.

Asimismo, la ley incorporó la posibilidad de revisar el mínimo no imponible en setiembre, lo cual finalmente ocurrió, para evitar que la inflación afectara las paritarias.

**Los cambios introducidos en abril y reglamentados en junio, que incluyeron la devolución retroactiva del impuesto cobrado en el primer semestre, generaron una inyección de recursos en la economía por $ 50.000 millones.**

A partir de ahora, todas las deducciones y las escalas del impuesto volverán a actualizarse desde el 1 de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios.

[Télam](https://www.telam.com.ar/notas/202109/569615-ganancias-reglamentacion-salarios-septiembre.html)

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