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title: "Nuevo estatuto para la SIDE: el Gobierno reformó las reglas de ingreso, ascensos y salarios de los agentes de inteligencia"
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description: "A través del Decreto N° 1021/2026, el Poder Ejecutivo derogó la normativa vigente desde 2003 para reestructurar de manera integral el funcionamiento del organismo. La medida impone criterios técnicos de ingreso, restringe actividades externas y comenzará a regir el 1° de enero de 2027."
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date_published: "2026-09-16T10:25:00-03:00"
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category_description: "Enterate de lo que pasa minuto a minuto. Cortes de ruta. Pago de haberes. Estado del Tiempo. Vacunación."
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# Nuevo estatuto para la SIDE: el Gobierno reformó las reglas de ingreso, ascensos y salarios de los agentes de inteligencia

El Gobierno nacional formalizó la **aprobación del nuevo estatuto para el personal de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE)**, estableciendo un marco regulatorio renovado para el ingreso, la progresión de la carrera profesional, las promociones jerárquicas y las remuneraciones de los agentes. La medida quedó oficializada en el Boletín Oficial mediante el **Decreto N° 1021/2026**, dejando sin efecto el esquema que regía desde el año 2003 para el personal civil y de inteligencia de los organismos estatales y de las Fuerzas Armadas.

Desde el Ejecutivo justificaron la modificación en la necesidad de contar con un **régimen laboral estable, autónomo y profesional** que permita atraer personal especializado y reducir la discrecionalidad en las asignaciones salariales, buscando que los retribuciones mantengan **proporcionalidad con la responsabilidad, la antigüedad y la capacitación técnica** de cada funcionario.

### Requisitos de ingreso y proceso de selección

El nuevo estatuto establece que la incorporación a la planta formal constará de tres etapas diferenciadas:

- **Convocatoria y Curso Básico:** La **Escuela Nacional de Inteligencia** realizará una convocatoria anual para su curso obligatorio. Los aspirantes deberán ser **argentinos mayores de edad, poseer título secundario completo**, acreditar aptitudes psicofísicas y aprobar los controles socioambientales y de contrainteligencia.
- **Planta condicional:** Quienes aprueben la formación académica pasarán a integrar la planta condicional por un **plazo de hasta un año**, periodo en el cual la Secretaría resolverá si ratifica o da por concluida la relación laboral.
- **Confirmación:** La estabilidad laboral se otorgará únicamente tras la confirmación en planta permanente, sin que el paso por la etapa condicional genere un derecho automático.

Quedarán explícitamente **excluidos del ingreso** las personas condenadas o procesadas de manera firme por delitos incompatibles con la función pública, los destituidos de la administración pública o fuerzas de seguridad y quienes mantengan litigios o demandas judiciales activas contra la SIDE.

### Estructura de la carrera y régimen de ascensos

La progresión dentro del **Sistema de Inteligencia Nacional (SIN)** estará dividida en tres escalafones principales según la formación acreditada:

1. **Cuadro A:** Destinado a agentes con **título universitario o de posgrado**, e incluye a oficiales retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad.
2. **Cuadro B:** Para personal con **estudios terciarios o títulos universitarios intermedios**, además de suboficiales retirados.
3. **Cuadro C:** Reservado para personal que acredite **secundario completo**.

Los ascensos ordinarios exigirán cumplir con un **tiempo mínimo de permanencia en la categoría, someterse a evaluaciones de desempeño anuales y aprobar instancias de capacitación continua**. No obstante, la norma contempla **ascensos extraordinarios y póstumos** para aquellos efectivos que realicen actos de arrojo o servicio con riesgo real para su integridad física. Además, se fijó un límite del **5% del total de la planta** para la modalidad de proyectos especiales y contrataciones autónomas.

### Deberes, secreto profesional y restricciones estrictas

El estatuto profundiza las exigencias éticas y operativas para el personal en actividad y retirado:

- **Confidencialidad permanente:** Se ratifica el **deber de secreto sobre documentos, datos y material clasificado**, el cual se mantendrá de forma indefinida **aun después de que el agente cese en sus funciones**.
- **Prohibiciones laborales:** Los agentes **no podrán desempeñarse en empresas proveedoras del Estado, firmas de seguridad privada, consultoras de ciberseguridad, medios de comunicación, periodismo ni agencias de publicidad o encuestas**, de forma remunerada o ad honorem. Tampoco podrán recibir dádivas ni utilizar información estratégica para beneficio propio o de terceros.
- **Residencia y movilidad:** El personal deberá fijar su **domicilio dentro de un radio de 200 kilómetros de su sede de trabajo**, informar un correo electrónico oficial para notificaciones e **informar viajes internos mayores a 200 km con tres días de anticipación**. Salir del país requerirá una **autorización formal con diez días de antelación**.
- **Uso de armas:** Se **prohíbe el porte y uso de armas de fuego durante el servicio**, a excepción de aquellos agentes que acrediten la condición formal de legítimos usuarios bajo la legislación nacional vigente.

La normativa establece además el **derecho de los agentes a rechazar órdenes que resulten manifiestamente ilegales o que vulneren los derechos humanos**. El Decreto 1021/2026 fija como fecha de **entrada en vigencia general el 1° de enero de 2027**, encomendando a la Secretaría la elaboración de un régimen de transición durante el año 2026 para reordenar la planta actual y computar la antigüedad y antecedentes de los agentes activos.

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