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title: "Docentes universitarios paran por 48 horas en contra de la reforma laboral"
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description: "La federación docente universitaria definió un paro de 48 horas para el 27 de febrero y el 2 de marzo, con movilizaciones en rechazo a la reforma laboral impulsada por el gobierno nacional y en defensa de los salarios, la Ley de Financiamiento Universitario y la universidad pública."
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date_published: "2026-02-25T10:39:00-03:00"
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category_description: "Enterate de lo que pasa minuto a minuto. Cortes de ruta. Pago de haberes. Estado del Tiempo. Vacunación."
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# Docentes universitarios paran por 48 horas en contra de la reforma laboral

El Plenario de CONADU Histórica resolvió convocar **a un paro nacional de 48 horas con movilización para los días 27 de febrero y 2 de marzo**, en el marco de un plan de lucha en defensa de los derechos laborales y el salario de la docencia universitaria.

La primera jornada de protesta tendrá lugar el 27 de febrero, en coincidencia con el debate en el Senado de la Nación de la[**Reforma Laboral**i](https://www.adnsur.com.ar/politica/reforma-laboral--el-oficialismo-busca-convertirla-en-ley-antes-del-1--de-marzo_a6998325e4bdc0d1b8194f778)mpulsada por el presidente Javier Milei. Desde la federación calificaron la iniciativa como***“regresiva”*** y señalaron que la medida de fuerza busca expresar el rechazo del sector a los cambios propuestos, al tiempo que reafirmaron su pliego de reclamos centrado en la defensa de las condiciones de trabajo y la recomposición salarial.

En tanto, **el lunes 2 de marzo se realizará la segunda jornada de paro,** que incluirá una movilización conjunta con docentes de todos los niveles educativos del país. La convocatoria se enmarca en [una protesta más amplia](https://www.adnsur.com.ar/sociedad/tension-sindical-por-la-reforma-laboral--gremios-presionan-por-un-paro-de-36-horas_a699e1b027c5e5d3346ac10f1)contra el paquete de leyes promovido por el Gobierno nacional y en defensa del sistema educativo público.

Entre las principales demandas, CONADU Histórica destacó la defensa de la Ley de Financiamiento Universitario, la convocatoria a la paritaria nacional docente y la restitución del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), considerado un componente clave del salario docente.

Desde la federación subrayaron que las medidas apuntan a “defender la educación y la universidad pública” frente a lo que describen como un escenario de ajuste y pérdida del poder adquisitivo. Asimismo, anticiparon que evaluarán la continuidad del plan de lucha en función del avance de las iniciativas legislativas y de las respuestas del Gobierno nacional a sus reclamos.

##### REFORMA LABORAL: UNO POR UNO, LOS PUNTOS CLAVE

**Cambios en la negociación colectiva**

Uno de los ejes centrales de la reforma es la descentralización de los convenios colectivos de trabajo. El texto establece que **los convenios de mayor alcance no podrán modificar ni disponer sobre los acuerdos de menor ámbito.** Esto significa que los acuerdos por empresa tendrán mayor peso que los convenios de actividad, lo que reduce el poder de negociación de los sindicatos y fortalece la autonomía empresarial en las relaciones laborales.

Además, **el proyecto elimina la llamada “ultraactividad”.** De esta forma, los convenios colectivos con plazo vencido dejarán de tener efectos hasta la firma de un nuevo acuerdo, aunque se mantendrán vigentes las normas básicas sobre condiciones de trabajo.

**Salario dinámico y nuevas formas de remuneración**

La reforma habilita la incorporación de componentes salariales variables o transitorios por encima del salario básico. **Estos podrán ser acordados en convenios colectivos, acuerdos de empresa, pactos individuales o incluso por decisión unilateral del empleador.**

También se incorpora la posibilidad de pagar remuneraciones en moneda extranjera, además de las modalidades actuales como especie, alimentos o vivienda.

**Indemnizaciones y juicios laborales**

El proyecto **mantiene el esquema de indemnización por despido sin causa de un mes de sueldo por año trabajado.** Sin embargo, excluye del cálculo conceptos no mensuales como aguinaldo, vacaciones o premios extraordinarios.

En materia judicial, se establece que las sentencias laborales podrán abonarse en cuotas: hasta seis pagos mensuales consecutivos, o doce en el caso de pymes, con actualización por inflación y un interés anual del 3%. La determinación de montos quedará sujeta a la interpretación de los jueces.

**Fondo de Asistencia Laboral**

**Se crea un fondo para financiar despidos, con aportes mensuales obligatorios del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes.** A cambio, las compañías obtendrán descuentos en contribuciones patronales destinadas al sistema previsional administrado por la ANSES.

**Jornada laboral, banco de horas y vacaciones**

Se incorpora **el sistema de banco de horas, que permite compensar jornadas extensas con reducciones en otros días.** La jornada máxima podrá llegar a 12 horas, con descansos obligatorios, siempre sin superar el límite semanal.

Las vacaciones podrán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril y tomarse en forma fraccionada, con un mínimo de siete días. Los empleadores deberán notificar con 45 días de anticipación.

**Antigüedad y reingreso**

El texto dispone que **el trabajador que reingrese a la empresa podrá computar la antigüedad previa.** No obstante, si el regreso se produce después de dos años, ese tiempo no será considerado.

**Cambios en el régimen sindical**

**El proyecto establece un tope del 2% para las cuotas solidarias,** limita la realización de asambleas dentro de los lugares de trabajo sin autorización empresarial y reconoce a los delegados un crédito de hasta 10 horas mensuales pagas para funciones sindicales.

**Restricciones al derecho de huelga**

**Se amplía la definición de servicios esenciales y se incorporan los “servicios trascendentales”.** En estos casos, se deberá garantizar un funcionamiento mínimo del 75% y 50%, respectivamente. También se tipifican como infracciones graves los bloqueos que afecten la libertad de trabajo.

**Responsabilidad empresarial y tercerización**

**Se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal en la contratación de terceros.** Los trabajadores serán considerados empleados directos de la empresa que los registre.

**Plataformas digitales**

**Los repartidores y trabajadores de aplicaciones serán considerados prestadores independientes** y no empleados en relación de dependencia, aunque las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación.

**Incentivos al empleo y pymes**

El proyecto **prevé beneficios para empresas que contraten nuevos trabajadores, con reducción de contribuciones patronales.** Además, crea un régimen especial de inversiones para pequeñas y medianas empresas con ventajas impositivas.

**Cambios tributarios y sectoriales**

La iniciativa incluye**la derogación de impuestos internos a embarcaciones, aviones, automóviles y celulares,** así como la exención de intereses de plazos fijos en dólares y de la venta de viviendas desde 2026. También se propone eximir del impuesto a la energía utilizada para riego agroindustrial.

**Reforma judicial y organismos culturales**

El texto prevé el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. Además, **posterga hasta 2028 la eliminación de impuestos que financian al****INCAA****.**

**Derogaciones y nuevos marcos regulatorios**

Se deroga la ley de teletrabajo vigente y se la reemplaza por un sistema más flexible. También **se establece la eliminación de estatutos profesionales específicos, como el del periodista, en el plazo de un año desde la sanción de la norma.**

**[adnsur](https://www.adnsur.com.ar/politica/docentes-universitarios-paran-por-48-horas-en-contra-de-la-reforma-laboral_a699eceed532c1686f273342f)**

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