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title: "La Justicia Federal frenó las elecciones en CALF"
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description: "Una medida cautelar interina de la Justicia Federal de Neuquén suspendió el proceso electoral previsto en CALF para el 28 de diciembre, en medio de un conflicto por la validez del estatuto social, apelaciones con efecto suspensivo y un informe clave requerido al INAES. El fallo busca evitar un daño institucional mayor, pero exhibe inconsistencias formales que no pasan inadvertidas."
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date_published: "2025-12-12T09:48:00-03:00"
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  - "CALF"
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# La Justicia Federal frenó las elecciones en CALF

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*Elecciones en CALF*

**La Justicia Federal de Neuquén resolvió suspender de manera inmediata el proceso electoral de la Cooperativa CALF, previsto para el próximo 28 de diciembre, en el marco de un conflicto judicial que combina nulidades estatutarias, apelaciones con efecto suspensivo y un delicado análisis del interés público comprometido.**

La decisión fue adoptada por el Juzgado Federal N.º 1, mediante una medida cautelar interina, mientras se aguarda un informe técnico del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (**INAES**), requerido conforme a lo establecido por la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado.

**Qué resolvió concretamente la jueza**

El fallo no se pronuncia aún sobre la cautelar*“de fondo”*. En esta etapa, el tribunal:

- Ordenó al **INAES**que, en un plazo de tres días, emita un informe sobre el interés público involucrado en la suspensión del proceso electoral.
- Dispuso una medida cautelar interina que obliga a **CALF**a suspender todos los actos preparatorios, instrumentales y ejecutorios vinculados a la elección de delegados.
- Exigió al actor la prestación de caución juratoria, como garantía mínima por los eventuales efectos de la medida.

La jueza fundamentó la urgencia en la existencia de ***“circunstancias graves y objetivamente impostergables”,*** criterio habilitante para este tipo de decisiones provisorias.

**El trasfondo del conflicto**

El eje del litigio está en la validez del estatuto social de **CALF**. El pasado 2 de diciembre, el juzgado había dictado sentencia de amparo declarando la nulidad de una resolución del **INAES**que aprobó una reforma estatutaria con un texto distinto al aprobado por el órgano competente de la cooperativa.

Sin embargo, tanto **CALF**como el **INAES**apelaron esa sentencia, y el tribunal concedió los recursos ***“en relación y en ambos efectos”***, lo que implica que la sentencia no quedó firme y que el acto administrativo cuestionado mantiene, provisoriamente, su presunción de legitimidad.

Ese dato es clave: mientras la Cámara Federal no se pronuncie, el estatuto cuestionado sigue formalmente vigente, aunque bajo controversia judicial.

**El riesgo institucional que pesó en la decisión**

El juzgado entendió que permitir elecciones bajo un estatuto que podría quedar definitivamente anulado generaría un escenario de nulidades en cascada, afectando:

- La legitimidad de los delegados electos.
- Las decisiones posteriores de la asamblea.
- La validez de los actos de las autoridades que resulten designadas.

La resolución subraya además la dimensión social de **CALF**, que cuenta con aproximadamente 110.000 asociados y presta servicios esenciales como energía eléctrica, conectividad e incluso servicios sociales, lo que amplifica el potencial daño institucional.

**Por qué se dictó una “*interina*” y no una cautelar definitiva**

La jueza aplicó de manera estricta la Ley 26.854, que obliga —salvo excepciones— a escuchar previamente al Estado antes de suspender los efectos de un acto administrativo.

En ese marco, la cautelar interina funciona como una medida de contención temporal, destinada a congelar la situación hasta contar con el informe del **INAES**, **sin adelantar opinión definitiva sobre la validez del acto administrativo ni sobre el fondo del litigio.**

**Inconsistencias y errores formales del fallo**

Más allá del fondo de la decisión, el texto del fallo presenta inconsistencias que merecen ser señaladas, por su relevancia jurídica y comunicacional:

1. **Error cronológico evidente**  
**El fallo consigna que el actor se presentó el 6 de octubre de 2025 para oponerse a la concesión de recursos contra una sentencia dictada el 2 de diciembre de 2025**, lo que **resulta temporalmente imposible**. Todo indica un error material de fecha, probablemente un 6 de diciembre, pero no es corregido ni aclarado en el texto.
2. **Confusión en la identificación del acto administrativo**  
En distintos tramos del fallo se mencionan dos resoluciones del INAES con numeración distinta como base del estatuto cuestionado. En un pasaje se alude a la resolución anulada por la sentencia, pero al transcribir el edicto electoral se cita otra numeración, afirmando luego que ***“es justamente el acto declarado nulo”***.  
**Esta ambigüedad en la identificación del acto administrativo no es menor**, ya que el objeto exacto de la nulidad es central para el proceso.
3. **Redacción imprecisa en un expediente sensible**  
Tratándose de un conflicto que afecta un proceso electoral cooperativo de gran escala, estos errores formales debilitan la claridad del fallo, aunque no necesariamente su validez jurídica.

**Qué puede pasar ahora**

El escenario inmediato depende de dos factores:

- El contenido del informe del **INAES**, que deberá pronunciarse sobre el interés público comprometido.
- La decisión de la **Cámara Federal** al resolver las apelaciones contra la sentencia de nulidad.

Hasta tanto eso ocurra, las elecciones quedan suspendidas, y **CALF**se encuentra en una situación de interinidad institucional forzada por la vía judicial.

**Una señal clara, aunque provisoria**

El fallo no define el conflicto de fondo, pero envía un mensaje inequívoco: la Justicia prioriza evitar un daño institucional mayor antes que permitir un proceso electoral bajo reglas cuya legalidad está cuestionada.

Al mismo tiempo, las inconsistencias detectadas recuerdan que, en litigios de alto impacto público, la prolijidad formal no es un detalle menor, sino parte sustancial de la seguridad jurídica que se pretende resguardar.

[CALF - Fallo jueza Pandolfi - Elecciones](https://www.scribd.com/document/965537988/CALF-Fallo-jueza-Pandolfi-Elecciones#from_embed) by [Adrián Giannetti](https://www.scribd.com/user/401341637/Adrian-Giannetti#from_embed)

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